Reditum Chile SpA
Instrumento
- Fecha
- 4 de octubre de 2024
- Notario
- PATRICIA VALENTINA MANRÍQUEZ HUERTA
- Oficio
- Cuadragésimo Octava Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalPATRICIA VALENTINA MANRÍQUEZ HUERTA, Abogado, Notario Público, Titular de la Cuadragésimo Octava Notaría de Santiago, certifica: por escritura pública de fecha 04 de octubre de 2024, otorgada ante mi Reditum Holding SpA, Rol único tributario N°77.622.669-6, domiciliada para estos efectos en Avenida Isidora Goyenechea N°3250, piso 4, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, en su calidad de único accionista, según consta en certificado exhibido al notario con fecha 04 de octubre de 2024, modificó la sociedad “Reditum Chile SpA”, RUT 76.777.418-4 (la “Sociedad”), inscrita a fojas 1322 número 1146 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Viña del Mar del año 2017, de la siguiente forma: 1) Reemplazó el artículo sexto de los estatutos sociales por el siguiente: “Artículo Sexto: La Sociedad será administrada por un Directorio compuesto por tres miembros”; 2) Reemplazó el artículo noveno de los estatutos sociales por el siguiente:“Artículo Noveno: OPERACIONES CON BANCOS E INSTITUCIONES FINANCIERAS. El gerente general actuando en conjunto con uno cualquiera de los mandatarios de la Sociedad o bien dos mandatarios de la sociedad actuando en conjunto, podrán representar a la Sociedad en los bancos e instituciones financieras con las más amplias facultades que se precisen; darles instrucciones y cometerles comisiones de confianza; celebrar contratos de cuenta corriente bancaria de depósito o de crédito, pudiendo depositar, girar y sobregirar en ellas, sea mediante cheques, órdenes de pago o transferencias electrónicas, imponerse de su movimiento, modificarlos y ponerles término o solicitar su terminación; aprobar y objetar saldos; requerir y retirar talonarios de cheques o cheques sueltos; arrendar cajas de seguridad, abrirlas y poner término a su arrendamiento; abrir cuentas de ahorro, a la vista o a plazo, hacer depósitos en ellas, retirar fondos total o parcialmente, cerrar las cuentas; colocar y retirar dineros, sea en moneda nacional o extranjera, y valores en depósito, custodia o garantía o cancelar los certificados respectivos; tomar y cancelar vales vista, boletas bancarias o boletas de garantía; celebrar toda clase de contratos de futuros, swaps, opciones y en general con instrumentos derivados; asumir riesgos de cambio, liquidar y/o remesar divisas y, en general, efectuar toda clase de operaciones bancarias en moneda nacional o extranjera.; 3) Reformar otros artículos que no son materias de extracto. Texto de artículos reformados y demás modificaciones constan en la escritura extractada. Patricia Valentina Manríquez Huerta, Notario Titular, Santiago, 15 de octubre de 2024.