MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

DORIS ALICIA BAZA MELLA Y COMPAÑÍA LIMITADA

RUT 76269304-6 CVE 2569561
Fecha instrumento
11 de noviembre de 2024
Notaría
Pública

Instrumento

Fecha
11 de noviembre de 2024
Comuna
Pública

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

MODIFICACIÓN DE SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA DE “DORIS ALICIA BAZA MELLA Y COMPAÑÍA LIMITADA” O “CENTRO COMERCIAL PANORÁMICO TOMÉ LTDA.” En Tomé, a veintinueve de octubre de dos mil veinticuatro, ante mí, Gonzalo Miguez Nuñez, Notario titular de esta comuna, comparecen: doña DORIS ALICIA BAZA MELLA, casada en sociedad conyugal, comerciante, cédula nacional de identidad número ocho millones ochocientos nueve mil cuatrocientos ocho guión cinco (8.809.408-5), domiciliada en calle Vicente Palacios número dos mil setecientos veintiséis, comuna de Tomé, Octava Región del Bío Bío; don NIBALDO EDMUNDO MUÑOZ ROA, casado en sociedad conyugal, trabajador independiente, cédula nacional de identidad número nueve millones doscientos sesenta y dos mil seiscientos nueve guión uno (9.262.609-1), domiciliado en calle Vicente Palacios número dos mil setecientos veintiséis, comuna de Tomé, Octava Región del Bío Bío; don MANUEL ALEJANDRO MUÑOZ BAZA, soltero, trabajador independiente, cédula nacional de identidad número quince millones ciento setenta mil novecientos cincuenta y cuatro guión cero (15.170.954-0), domiciliado en calle Vicente Palacios número dos mil setecientos veintiséis, comuna de Tomé, Octava Región del Bío Bío; doña ANGELA SOLEDAD MUÑOZ BAZA, soltera, trabajadora independiente, cédula nacional de identidad número dieciséis millones ciento sesenta y siete mil novecientos cincuenta y ocho guión cinco (16.167.958-5), domiciliada en calle Vicente Palacios número dos mil setecientos veintiséis, comuna de Tomé, Octava Región del Bío Bío; y doña ROCÍO SCARLET MUÑOZ BAZA, casada bajo el régimen de sociedad conyugal, trabajadora independiente, cédula nacional de identidad número diecisiete millones quinientos catorce mil cuarenta y dos guión cinco (17.514.042-5), domiciliada en calle Vicente Palacios número dos mil setecientos veintiséis, comuna de Tomé, Octava Región del Bío Bío. Los Comparecientes, chilenos, mayores de edad, quienes acreditan su identidad con las cédulas antes citadas y exponen: PRIMERO: Que por escritura pública de fecha treinta de noviembre de dos mil doce, otorgada en la Notaría Pública de Tomé de doña Carolina Fuentealba Madriaga, constituyeron la sociedad de responsabilidad limitada “DORIS ALICIA BAZA MELLA Y COMPAÑÍA LIMITADA” o “CENTRO COMERCIAL PANORÁMICO TOMÉ LTDA.”, cuyo extracto fue publicado en el diario Oficial número cuarenta mil cuatrocientos veintinueve (40.429) de fecha siete de diciembre del año dos mil doce e inscrita a fojas noventa y uno vuelta (91vta.) bajo el número setenta y dos (72) del Conservador de Comercio de Tomé del año dos mil doce (2012), rol único tributario número setenta y seis millones doscientos sesenta y nueve mil trescientos cuatro raya seis (76.269.304-6).- SEGUNDO: Que, conforme a la cláusula Quinta de dicha escritura pública, se estableció que el capital social será la suma de veinte millones de pesos, aportados por los socios de la manera que se indica.- TERCERO: Que, los comparecientes vienen en modificar la distribución del capital social, señalando que este se distribuirá de la siguiente manera: uno) doña DORIS ALICIA BAZA MELLA, la suma de cuatro millones ochocientos mil pesos, equivalente al veinticuatro por ciento del capital social; dos) NIBALDO EDMUNDO MUÑOZ ROA, la suma de cuatro millones cuatrocientos mil pesos, equivalente al veintidós por ciento del capital social; tres) MANUEL ALEJANDRO MUÑOZ BAZA, la suma de tres millones seiscientos mil pesos, equivalentes al dieciocho por ciento del capital social; cuatro) ÁNGELA SOLEDAD MUÑOZ BAZA, la suma de tres millones seiscientos mil pesos, equivalentes al dieciocho por ciento del capital social; y cinco) ROCÍO SCARLET MUÑOZ BAZA, la suma de tres millones seiscientos mil pesos, equivalentes al dieciocho por ciento del capital social.- CUARTO: Que, en todo lo no modificado por la presente escritura pública, rige lo acordado por los socios en la escritura pública de constitución de la sociedad.- Tomé, 11 de Noviembre de 2024.