CONSTRUCTORA RETOR LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 10 de abril de 2012
- Notario
- CHARLES DE LA HARPE PALMA
- Domicilio
- Angol y Renaico
Sociedad
- Capital
- $10.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalCHARLES DE LA HARPE PALMA, Notario Público Titular Angol y Renaico, Manuel Bunster 341 Angol, CERTIFICO: Por escritura pública hoy, ante mí, HERIBERTO RODOLFO ORTIZ RAMÍREZ, con domicilio en la ciudad de Angol, calle Chorrillos Nº468 de la comuna de Angol; ALEX ROBERTO RETAMAL MERCADO, con domicilio en la ciudad de Parral, Cinco Sur Nº242 de la comuna de Parral, de paso en esta; MARCO ANTONIO ALBORNOZ ARAVENA, con domicilio en la comuna de Collipulli, parcela Dayna, km. 5 camino a Curaco, de paso en esta; por sí y en representación de NATALY ELIANA ALBORNOZ CONTRERAS, con domicilio en la ciudad de Santiago, pasaje Aeródromo Tuqui Nº3092 de la comuna de Cerrillos, cedieron derechos y modificaron Sociedad de Responsabilidad Limitada, que gira bajo razón social “CONSTRUCTORA RETOR LIMITADA”, rol único tributario Nº76.206.564-9, capital $10.000.000.- constituida por escritura pública de 10 de abril de 2012, otorgada ante el Notario Público de Angol don Felipe Salgado Navarrete, suplente del titular Esmirna Vidal Moraga, publicado en el Diario Oficial Nº40.237 del 14 de abril del 2012, e inscrita a fojas 45 N°37 del Registro de Comercio de Angol del año 2012. Cesión de derechos: Uno.- HERIBERTO RODOLFO ORTIZ RAMÍREZ, dueño del 90% de los derechos sociales, vende, cede y transfiere la totalidad de los mismos, a MARCO ANTONIO ALBORNOZ ARAVENA, quien lo compra, acepta y adquiere para sí. El precio de esta cesión es la suma de $9.000.000.- pagado en la forma indicada en dicha escritura al cedente; y Dos.- ALEX ROBERTO RETAMAL MERCADO, dueño del 10% de los derechos sociales, vende, cede y transfiere la totalidad de los mismos, a NATALY ELIANA ALBORNOZ CONTRERAS, quien lo compra, acepta y adquiere para sí. El precio de esta cesión es la suma de $1.000.000.- pagado en la forma indicada en dicha escritura al cedente; en consecuencia, permanecen como únicos socios de la sociedad, MARCO ANTONIO ALBORNOZ ARAVENA, con un 90% de los derechos sociales; y NATALY ELIANA ALBORNOZ CONTRERAS, con un 10% de los derechos sociales, en cuanto a capital e ingresos proporcionales acumulados, en su caso. Modificación consiste en: a) La administración y el uso de la razón social corresponderá al socio MARCO ANTONIO ALBORNOZ ARAVENA, quien actuando por la sociedad y anteponiendo a la razón social su firma, la representará con las más amplias facultades y atribuciones, en toda clase de actos, contratos y negocios relativos al giro social; y b) Las utilidades y las eventuales pérdidas se distribuirán de la siguiente forma: MARCO ANTONIO ALBORNOZ ARAVENA, en un 90%; y NATALY ELIANA ALBORNOZ CONTRERAS, en un 10%.- En todo lo demás, mantienen plena vigencia las cláusulas del pacto social original. Demás estipulaciones consta en escritura extractada.- Angol, 15 de octubre de 2024.-