SOCIEDAD AGRÍCOLA SAN PABLO LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 24 de septiembre de 2024
- Notario
- RODRIGO SOTOMAYOR GRAEPP
- Oficio
- 40° Notaría Santiago
- Comuna
- Santiago
Objeto social
Los comparecientes modificaron el Artículo Tercero de los estatutos sociales, referido al objeto de la Sociedad, quedando establecido de la siguiente manera: “Artículo Tercero: El objeto social será: a) La compra, venta, adquisición, importación, exportación distribución y comercialización, por sí o a través de terceros, de toda clase de bienes, artículos y productos escolares y religiosos,, especialmente uniformes, prendas y accesorios escolares, deportivos, de expresiones artísticas, artículos de librería, libretas de comunicaciones, textos educacionales u otro material gráfico necesario para la actividad escolar.”; b) Podrá también realizar todas las actividades conexas o conducentes a los objetivos señalados u otros negocios que digan relación directa con el giro de la sociedad y, en general, llevar a cabo por sí misma o a través de terceros cualquier negocio que acuerden los
Personas y entidades (1)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| SOCIEDAD AGRÍCOLA SAN PABLO LIMITADA | socio | 66680252-1 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalRODRIGO SOTOMAYOR GRAEPP, abogado, Notario Público Interino de la 40° Notaría Santiago, con Oficio ubicado en calle Teatinos N° 332, Comuna de Santiago, certifico: por escritura pública de 24 de septiembre de 2024, ante don Alberto Mozó Aguilar, Notario Titular a esa fecha y autorizada por mí con esta fecha, de conformidad con el artículo 402 del Código Orgánico de Tribunales: a) CONGREGACIÓN DE LOS PADRES BARNABITAS, representada por su Superior Provincial don ELSON ROBERT ROJAS LAMAS, ambos domiciliados en Avenida Canal de Tocornal San Francisco N° 281, comuna de Puente Alto, Región Metropolitana; y, b) Don PAULO ANDRES TALEP ROJAS, domiciliado en calle Horacio Aránguiz N° 1500, comuna de San Vicente de Tagua Tagua, Región del Libertador General Bernardo O´Higgins, modificaron SOCIEDAD AGRÍCOLA SAN PABLO LIMITADA, RUT N° 66.680.252-1, modificaciones consistieron en: 1) Modificación Razón Social: Los socios modificaron el artículo Segundo de los Estatutos de la Sociedad, relativo a la Razón Social, quedando establecido de la siguiente manera: “Artículo Segundo: La Razón Social será COMERCIALIZADORA SAN PABLO LIMITADA, y podrá usar para efectos comerciales, bancarios y de propaganda la expresión y, en general, como nombre de fantasía COMERCIALIZADORA SAN PABLO LTDA”. 2) Modificación Objeto Social: Los comparecientes modificaron el Artículo Tercero de los estatutos sociales, referido al objeto de la Sociedad, quedando establecido de la siguiente manera: “Artículo Tercero: El objeto social será: a) La compra, venta, adquisición, importación, exportación distribución y comercialización, por sí o a través de terceros, de toda clase de bienes, artículos y productos escolares y religiosos,, especialmente uniformes, prendas y accesorios escolares, deportivos, de expresiones artísticas, artículos de librería, libretas de comunicaciones, textos educacionales u otro material gráfico necesario para la actividad escolar.”; b) Podrá también realizar todas las actividades conexas o conducentes a los objetivos señalados u otros negocios que digan relación directa con el giro de la sociedad y, en general, llevar a cabo por sí misma o a través de terceros cualquier negocio que acuerden los socios. Para el cumplimiento de este objeto, la sociedad podrá celebrar y ejecutar toda clase de actos y contratos e incluso formar sociedades o ingresar a ellas.”. En lo no modificado permanecen plenamente vigentes los estatutos de COMERCIALIZADORA SAN PABLO LIMITADA (antes SOCIEDAD AGRÍCOLA SAN PABLO LIMITADA). Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 8 de octubre de 2024.