MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

INVERSIONES E INMOBILIARIA CRC LIMITADA

RUT 77513606-5 CVE 2568879
Fecha instrumento
7 de noviembre de 2024
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
7 de noviembre de 2024
Repertorio
1189-2022
Notario
MARÍA SOLEDAD LASCAR MERINO
Oficio
38° Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

MARÍA SOLEDAD LASCAR MERINO, Abogado, Notario Público Titular de la 38° Notaría de Santiago, con oficio en Avenida Isidora Goyenechea N° 3.477, oficina 10, comuna de Las Condes, Santiago, certifica: Por escritura pública de fecha 07 de noviembre de 2024, otorgada ante mí, IGNACIO SEBASTIÁN GUERRATY SAN MARTÍN, cédula de identidad N° 17.659.733-K, domiciliado en Av. Apoquindo 3076, oficina 1002, Las Condes, Santiago, en nombre y representación de CAROLINA CONSTANZA CORNEJO CORTÉS, cédula de identidad N° 19.864.472-2, domiciliada en Av. René Schneider 2031, Condominio Alto Hacienda, comuna y ciudad de Coquimbo, Región de Coquimbo, de CRISTIAN CORNEJO DROGUETT, cédula de identidad N° 12.516.259-2, domiciliado en Ricardo Villalobos Rojas 2137, Condominio Nova Hacienda, comuna y ciudad de Coquimbo, Región de Coquimbo, y de ROXANA LORENA CORTÉS ROJAS, cédula de identidad N° 10.086.377-4, domiciliada en Ricardo Villalobos Rojas 2137, Condominio Nova Hacienda, comuna y ciudad de Coquimbo, Región de Coquimbo, actuales y únicos socios de INVERSIONES E INMOBILIARIA CRC LIMITADA, sociedad inscrita a fojas 3, número 2, del Registro de Comercio de Coquimbo del año 2022, rectificó la escritura pública de modificación de estatutos de fecha 20 de mayo de 2022, repertorio 1.189-2022, otorgada en la Notaría Pública de La Serena de don Alejandro Tomás Viada Ovalle y su respectivo extracto, el cual se inscribió a fojas 203, número 81, del Registro de Comercio de Coquimbo del año 2022, mediante la cual se aumentó el capital en INVERSIONES E INMOBILIARIA CRC LIMITADA. En dicha escritura y en su respectivo extracto, por un error involuntario, al transcribir el nuevo artículo sexto de los estatutos sociales, se indicó que doña Roxana Lorena Cortés Rojas aporta la suma de $3.000.000 cuando en realidad aporta la suma de $3.300.000. En atención a lo anterior, se rectifica el artículo sexto de los estatutos sociales el cual queda de la siguiente forma: “ARTICULO SEXTO: CAPITAL SOCIAL. El capital de la sociedad es la suma de once millones de pesos, que los socios aportan y pagan de la siguiente forma: UNO) doña CAROLINA CONSTANZA CORNEJO CORTÉS, aporta la suma de cuatro millones cuatrocientos mil pesos, equivalentes al cuarenta por ciento de los derechos sociales, monto que aporta y paga de la siguiente forma: (i) con la suma de seiscientos noventa y ocho mil cuatrocientos cincuenta pesos, suma que paga de contado y en dinero efectivo, el cual ingresa en arcas sociales; (ii) con la suma de dos millones ochocientos ochenta y cuatro mil ochocientos pesos, que paga mediante el aporte en dominio, que realiza en su calidad de empresario individual, de mil doscientas acciones nominativas, de una misma serie, ordinarias y sin valor nominal de la sociedad por acciones denominada “INTEGRITIC SpA”, Rol Único Tributario número setenta y seis millones quinientos veintinueve mil seiscientos ochenta y siete guion cero, debidamente inscritas a su nombre en el Registro de Accionistas de Integritic SpA, avaluadas de común acuerdo por los socios en la suma de dos millones ochocientos ochenta y cuatro mil ochocientos pesos y registradas en su contabilidad como empresario individual por la misma suma; y (iii) con la suma de ochocientos dieciséis mil setecientos cincuenta pesos, que paga mediante el aporte en dominio, que realiza en su calidad de empresario individual, de setecientas cincuenta acciones nominativas, de una misma serie, ordinarias y sin valor nominal de la sociedad por acciones denominada “CLOUDING SpA”, Rol Único Tributario número setenta y siete millones cuatrocientos veintiocho mil seiscientos nueve guion ocho, debidamente inscritas a su nombre en el Registro de Accionistas de Clouding SpA, avaluadas de común acuerdo por los socios en la suma de ochocientos dieciséis mil setecientos cincuenta pesos, y registradas en su contabilidad como empresario individual por la misma suma; DOS) don CRISTIAN CORNEJO DROGUETT, aporta la suma de tres millones trescientos mil pesos, equivalentes al treinta por ciento de los derechos sociales, monto que aporta y paga de la siguiente forma: (i) con la suma de un millón trescientos tres mil doscientos pesos, suma que paga de contado y en dinero efectivo, el cual ingresa en arcas sociales; (ii) con la suma de un millón doscientos doce mil setecientos veinte pesos, que paga mediante el aporte en dominio, que realiza en su calidad de empresario individual, de novecientas treinta acciones nominativas, de una misma serie, ordinarias y sin valor nominal de la sociedad por acciones denominada “INTEGRITIC SpA”, Rol Único Tributario número setenta y seis millones quinientos veintinueve mil seiscientos ochenta y siete guion cero, debidamente inscritas a su nombre en el Registro de Accionistas de Integritic SpA, avaluadas de común acuerdo por los socios en la suma de un millón doscientos doce mil setecientos veinte pesos y registradas en su contabilidad como empresario individual por la misma suma; y (iii) con la suma de setecientos ochenta y cuatro mil ochenta pesos, que paga mediante el aporte en dominio, que realiza en su calidad de empresario individual, de setecientas veinte acciones nominativas, de una misma serie, ordinarias y sin valor nominal de la sociedad por acciones denominada “CLOUDING SpA”, Rol Único Tributario número setenta y siete millones cuatrocientos veintiocho mil seiscientos nueve guion ocho, debidamente inscritas a su nombre en el Registro de Accionistas de Clouding SpA, avaluadas de común acuerdo por los socios en la suma de setecientos ochenta y cuatro mil ochenta pesos, y registradas en su contabilidad como empresario individual por la misma suma; y TRES) doña ROXANA LORENA CORTÉS ROJAS, aporta la suma de tres millones trescientos mil pesos, equivalentes al treinta por ciento de los derechos sociales, monto que aporta y paga de la siguiente forma: (i) con la suma de cuatrocientos noventa y nueve mil trescientos cincuenta pesos, suma que paga de contado y en dinero efectivo, el cual ingresa en arcas sociales; (ii) con la suma de un millón ciento treinta y cuatro mil cuatrocientos ochenta pesos, que paga mediante el aporte en dominio, que realiza en su calidad de empresario individual, de ochocientas setenta acciones nominativas, de una misma serie, ordinarias y sin valor nominal de la sociedad por acciones denominada “INTEGRITIC SpA”, Rol Único Tributario número setenta y seis millones quinientos veintinueve mil seiscientos ochenta y siete guion cero, debidamente inscritas a su nombre en el Registro de Accionistas de Integritic SpA, avaluadas de común acuerdo por los socios en la suma de un millón ciento treinta y cuatro mil cuatrocientos ochenta pesos y registradas en su contabilidad como empresario individual por la misma suma; y (iii) con la suma de un millón seiscientos sesenta y seis mil ciento setenta pesos, que paga mediante el aporte en dominio, que realiza en su calidad de empresario individual, de mil quinientas treinta acciones nominativas, de una misma serie, ordinarias y sin valor nominal de la sociedad por acciones denominada “CLOUDING SpA”, Rol Único Tributario número setenta y siete millones cuatrocientos veintiocho mil seiscientos nueve guion ocho, debidamente inscritas a su nombre en el Registro de Accionistas de Clouding SpA, avaluadas de común acuerdo por los socios en la suma de un millón seiscientos sesenta y seis mil ciento setenta pesos, y registradas en su contabilidad como empresario individual por la misma suma.”. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 08 de noviembre de 2024.