CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

INMOBILIARIA PAN DE AZÚCAR SpA

CVE 2569122
Fecha instrumento
30 de octubre de 2024
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
30 de octubre de 2024
Repertorio
50068-2024
Notario
María Soledad Láscar Merino
Oficio
Trigésimo Octava Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Objeto social

El objeto de la sociedad será: La inversión, coordinación, desarrollo, arquitectura, construcción, administración, comercialización y venta, ya sea por sí o en conjunto con otras personas naturales o jurídicas o a través de terceros, de Proyectos Inmobiliarios de cualquier tipo. Al efecto, la sociedad podrá efectuar la inversión, coordinación, desarrollo, arquitectura, construcción, administración, comercialización venta, arriendo, administración, explotación, ya sea por sí o en conjunto con otras personas naturales o jurídicas o a través de terceros, entre otros, de un Proyecto Inmobiliario en el inmueble consistente en el Lote cuarenta y uno, resultante de la fusión de los inmuebles consistentes en los Lotes Siete, Ocho, Nueve, Diez, Once, Doce, Trece, Catorce, Dieciséis, Diecisiete, Dieciocho, Diecinueve y Veinte, todos resultantes de la subdivisión del Lote A de la subdivisión del predio agrícola denominado hijuela número DOS de la Hacienda Venus de la Comuna de Coquimbo y en el Inmueble consistente en el Lote Quince, resultante de la subdivisión del Lote A de la subdivisión del predio agrícola denominado Hijuela número Dos de la Hacienda Venus, de la Comuna de Coquimbo

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

María Soledad Láscar Merino, Notario Público Titular de la Trigésimo Octava Notaría de Santiago, con oficio en Avenida Isidora Goyenechea número 3.477, local 10, Comuna de Las Condes, CERTIFICA: Que, por escritura pública de fecha 30-10-2024, otorgada ante mí, Repertorio 50.068-2024, COMERCIAL ISIDORA S.A. e ICB INMOBILIARIA S.A., constituyeron una Sociedad por Acciones. Razón social: INMOBILIARIA PAN DE AZÚCAR SpA. Objeto: El objeto de la sociedad será: La inversión, coordinación, desarrollo, arquitectura, construcción, administración, comercialización y venta, ya sea por sí o en conjunto con otras personas naturales o jurídicas o a través de terceros, de Proyectos Inmobiliarios de cualquier tipo. Al efecto, la sociedad podrá efectuar la inversión, coordinación, desarrollo, arquitectura, construcción, administración, comercialización venta, arriendo, administración, explotación, ya sea por sí o en conjunto con otras personas naturales o jurídicas o a través de terceros, entre otros, de un Proyecto Inmobiliario en el inmueble consistente en el Lote cuarenta y uno, resultante de la fusión de los inmuebles consistentes en los Lotes Siete, Ocho, Nueve, Diez, Once, Doce, Trece, Catorce, Dieciséis, Diecisiete, Dieciocho, Diecinueve y Veinte, todos resultantes de la subdivisión del Lote A de la subdivisión del predio agrícola denominado hijuela número DOS de la Hacienda Venus de la Comuna de Coquimbo y en el Inmueble consistente en el Lote Quince, resultante de la subdivisión del Lote A de la subdivisión del predio agrícola denominado Hijuela número Dos de la Hacienda Venus, de la Comuna de Coquimbo. Capital: El capital de la sociedad es la suma de treinta y siete millones novecientos setenta mil doscientos pesos, dividido y representado en cien acciones ordinarias sin valor nominal, íntegramente suscrito y pagado por los socios constituyentes en dinero efectivo, en el acto de la constitución social. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 05 de noviembre de 2024. María Soledad Láscar Merino, Notario Público.