ESTUDIO JURIDICO R & R LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 22 de octubre de 2024
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Domicilio
- El domicilio de la sociedad será la ciudad de SANTIAGO
- Duración
- La sociedad durará 5 años a contar de esta fecha y se entenderá prorrogada tácita, automática y sucesivamente por períodos de 2 años, si ninguno de los socios manifiesta su voluntad de ponerle término mediante declaración hecha por escritura pública e inscrita al margen de la inscripción social con no menos de seis meses de anticipación a la fecha de expiración del plazo primitivo o de la prórroga en vigencia, según sea el caso. La no inscripción oportuna de dicha escritura invalidará y dejará sin efecto la referida declaración
Objeto social
El objeto social será la prestación de servicios profesionales en el área jurídica, pudiendo prestar servicios de asesoría en el área de familia, civil, penal, laboral, tributarias y)o previsional, como, asimismo, prestar servicios profesionales en el área judicial y extra judicial
Administración
La administración de la sociedad, representación judicial y extrajudicial, así como, uso de la razón social le corresponderá exclusivamente a don OMAR RICARDO GODOY MUÑOZ, quien, anteponiendo la razón social a su firma, la obligará, con las más amplias facultades
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalCHRISTIAN ALEJANDRO ORTIZ CÁCERES, Interino 7ª Notaría Santiago, Agustinas Nº 1.161, entrepiso, certifico: por escritura pública, ante mí, fecha 22 octubre 2024, OMAR RICARDO GODOY MUÑOZ, abogado y RICARDO RODRIGO ANDRES GODOY LEÓN, ambos domiciliados calle Arcadia 1431, dpto 910, San Miguel, constituyeron sociedad de responsabilidad limitada, cuya razón social es "ESTUDIO JURIDICO R & R LIMITADA", nombre de fantasía “R & R LTDA”. OBJETO: El objeto social será la prestación de servicios profesionales en el área jurídica, pudiendo prestar servicios de asesoría en el área de familia, civil, penal, laboral, tributarias y/o previsional, como, asimismo, prestar servicios profesionales en el área judicial y extra judicial. ADMINISTRACIÓN: La administración de la sociedad, representación judicial y extrajudicial, así como, uso de la razón social le corresponderá exclusivamente a don OMAR RICARDO GODOY MUÑOZ, quien, anteponiendo la razón social a su firma, la obligará, con las más amplias facultades. CAPITAL: El capital de la sociedad es la suma de UN MILLÓN DE PESOS, capital que se entera y paga de la siguiente forma: don OMAR RICARDO GODOY MUÑOZ, aporta en este acto la suma OCHOCIENTOS MIL PESOS, en dinero efectivo que ingresa a caja social, correspondientes al ochenta por ciento de los derechos sociales y don RICARDO RODRIGO ANDRÉS GODOY LEÓN aporta en este acto la suma DOSCIENTOS MIL PESOS, en dinero efectivo que ingresa a caja social, correspondientes al veinte por ciento de los derechos sociales. DURACIÓN: La sociedad durará 5 años a contar de esta fecha y se entenderá prorrogada tácita, automática y sucesivamente por períodos de 2 años, si ninguno de los socios manifiesta su voluntad de ponerle término mediante declaración hecha por escritura pública e inscrita al margen de la inscripción social con no menos de seis meses de anticipación a la fecha de expiración del plazo primitivo o de la prórroga en vigencia, según sea el caso. La no inscripción oportuna de dicha escritura invalidará y dejará sin efecto la referida declaración. DOMICILIO: El domicilio de la sociedad será la ciudad de SANTIAGO. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 29 de octubre 2024.