Cultura Pisco S.A.
Instrumento
- Fecha
- 24 de octubre de 2024
- Repertorio
- 9243-2024
- Notario
- Magdalena Sofía Latorre Larraín
- Oficio
- 5ª Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $250.000.000 CLP
- Duración
- Indefinida
Objeto social
El objeto de la sociedad será: la elaboración, comercialización, importación, exportación, distribución y representación de toda clase de productos alimenticios, en especial de aquellos de rubro de panadería y pastelería, masas y sus derivados; también insumos para panaderías y pastelerías; comercialización y venta de frutas, verduras, gramíneas y productos industriales no naturales; productos cárneos, cecinas, embutidos, hamburguesas, leche, queso, huevos, yogur, quesillos y otros lácteos; productos líquidos; helados; y todo otro producto de la tierra, del mar, del aire, natural o industrial que sirva de alimento, incluyendo conservas, aceites y grasas, y todo lo relacionado, en cualquiera forma, con el ramo alimenticio, en establecimientos de la sociedad o de terceros y por cuenta propia o ajena; y en general la realización de todos los actos y contratos necesarios o conducentes para los objetos antes señalados
Administración
La administración, representación y uso de la razón social corresponderá a HOLDING LA VINOTECA SpA, la que actuando a través de sus mandatarios habituales o aquellos especialmente nominados al efecto, y anteponiendo a sus firmas la razón social, tendrán las mas amplias facultades de administración y disposición de bienes
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMagdalena Sofía Latorre Larraín, abogado, Notario Público Interino de la 5ª Notaría de Santiago, domiciliada en Gertrudis Echenique 30, oficina 32, Las Condes, Santiago, certifico: por escritura pública de fecha 24 de octubre del año 2024, repertorio 9243-2024, ante mí, se redujo Acta de Junta Extraordinaria de Accionistas de la sociedad “Cultura Pisco S.A.”, inscrita a fojas 48.448 número 26.336 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2017. La unanimidad de los accionistas acordó: 1) Modificar y reemplazar el Artículo Segundo de los Estatutos Sociales, referido al objeto social de la compañía; 2) Modificar y reemplazar el Artículo Primero de los Estatutos Sociales, referido a la razón social de la compañía; 3) Transformar a la Sociedad de una Sociedad Anónima Cerrada a una Sociedad Por Acciones; y 4) Aprobar el texto de los nuevos estatutos sociales: Razón Social: Cultura Gastronómica SpA. Objeto: El objeto de la sociedad será: la elaboración, comercialización, importación, exportación, distribución y representación de toda clase de productos alimenticios, en especial de aquellos de rubro de panadería y pastelería, masas y sus derivados; también insumos para panaderías y pastelerías; comercialización y venta de frutas, verduras, gramíneas y productos industriales no naturales; productos cárneos, cecinas, embutidos, hamburguesas, leche, queso, huevos, yogur, quesillos y otros lácteos; productos líquidos; helados; y todo otro producto de la tierra, del mar, del aire, natural o industrial que sirva de alimento, incluyendo conservas, aceites y grasas, y todo lo relacionado, en cualquiera forma, con el ramo alimenticio, en establecimientos de la sociedad o de terceros y por cuenta propia o ajena; y en general la realización de todos los actos y contratos necesarios o conducentes para los objetos antes señalados. Capital: el capital de la Sociedad es la cantidad de $250.000.000, dividido en 11.765 acciones de una misma serie, nominativas, de igual valor cada una y sin valor nominal, que se encuentran íntegramente suscritas y pagadas por los accionistas en la siguiente proporción: /Uno/ Holding La Vinoteca SpA suscribió y pagó 10.000 acciones con anterioridad a este acto; y /Dos/ Confecciones TOP SpA suscribió y pagó 1.765 acciones con anterioridad a este acto. Administración: La administración, representación y uso de la razón social corresponderá a HOLDING LA VINOTECA SpA, la que actuando a través de sus mandatarios habituales o aquellos especialmente nominados al efecto, y anteponiendo a sus firmas la razón social, tendrán las mas amplias facultades de administración y disposición de bienes. Duración: Indefinida. Demás estipulaciones no son materia de extracto y constan en escritura extractada. Santiago, 04 de noviembre de 2024, Magdalena Latorre Larraín. Notario Público Interino.