CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

CENTRO DE ENSEÑANZA Y APRENDIZAJE ESPINACE Y LEPE LIMITADA

CVE 2568555
Fecha instrumento
7 de noviembre de 2024
Notaría
Puerto Montt
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
7 de noviembre de 2024
Repertorio
3235-2024
Notario
HERNÁN ANDRÉS GÓMEZ BROWN
Oficio
Primera Notaria de Puerto Montt
Comuna
Puerto Montt

Sociedad

Domicilio
El domicilio de la sociedad será la comuna de Puerto Montt
Duración
La sociedad rige a contar de la fecha de suscripción de la escritura pública y tendrá una duración de cinco años renovables tácita y sucesivamente por períodos iguales si ninguno de sus socios manifestare su voluntad de ponerle término al final del período que estuviere en curso, mediante escritura pública que se inscribirá al margen de la inscripción social, todo con una anticipación mínima de seis meses al vencimiento del periódo

Objeto social

El objeto de la sociedad será: la enseñanza y aprendizaje de manera presencial, semi presencial y online, creación, apertura, administración, mantenimiento, sostenimiento, atención y prestación de servicios educacionales en todos los niveles de enseñanza o prestación de servicios educativos y de las artes de enseñanza no formal de conformidad a lo estipulado en el artículo segundo de la Ley General de Educación número veinte mil trescientos setenta. Asimismo podrá desarrollar capacitaciones, talleres, cursos de perfeccionamiento, tecnologías de la información y las comunicaciones, investigaciones de carácter científico o cultural en distintas áreas relacionadas con la educación y toda otra actividad relacionada con lo anterior. La administración, representación y

Administración

La administración, representación y el uso de la razón social corresponderá a ambos socios don ESTEBAN RODRIGO ESPINACE COLGUAN y doña GETSEMANI YOLANDA LEPE CABRERA, de manera conjunta e indistintamente

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

HERNÁN ANDRÉS GÓMEZ BROWN, Notario Público Titular de la Primera Notaria de Puerto Montt, Benavente 385, Puerto Montt, certifico: Por escritura pública de fecha hoy repertorio N° 3235- 2024, ante mí, don ESTEBAN RODRIGO ESPINACE COLGUAN, quien declara ser chileno, casado, profesor, cédula nacional de identidad número dieciséis millones quinientos ochenta y seis ciento veintidós guión uno, domiciliado en volcán Choshuenco cinco mil veintiocho, Valle Volcanes Puerto Montt; y doña GETSEMANI YOLANDA LEPE CABRERA, quien declara ser chilena, casada, fonoaudióloga, cédula nacional de identidad número dieciocho millones treinta y ocho mil uno guión nueve, domiciliada en volcán Choshuenco cinco mil veintiocho, Valle Volcanes Puerto Montt, constituyeron la sociedad de Responsabilidad Limitada: Razón Social: La razón social será: “CENTRO DE ENSEÑANZA Y APRENDIZAJE ESPINACE Y LEPE LIMITADA”, pudiendo, no obstante, actuar u operar ante cualquier persona natural o jurídica, en especial ante Bancos, Corporaciones, Instituciones, y Personas Jurídicas de Derecho Público o Privado, incluso ante el Servicio de Impuestos Internos, con el nombre de fantasía “EDUCART LTDA.”. Domicilio: El domicilio de la sociedad será la comuna de Puerto Montt, sin perjuicio de las sucursales que pudiesen existir en cualquier parte del país o del extranjero. Objeto: El objeto de la sociedad será: la enseñanza y aprendizaje de manera presencial, semi presencial y online, creación, apertura, administración, mantenimiento, sostenimiento, atención y prestación de servicios educacionales en todos los niveles de enseñanza o prestación de servicios educativos y de las artes de enseñanza no formal de conformidad a lo estipulado en el artículo segundo de la Ley General de Educación número veinte mil trescientos setenta. Asimismo podrá desarrollar capacitaciones, talleres, cursos de perfeccionamiento, tecnologías de la información y las comunicaciones, investigaciones de carácter científico o cultural en distintas áreas relacionadas con la educación y toda otra actividad relacionada con lo anterior. La administración, representación y uso de la razón social: La administración, representación y el uso de la razón social corresponderá a ambos socios don ESTEBAN RODRIGO ESPINACE COLGUAN y doña GETSEMANI YOLANDA LEPE CABRERA, de manera conjunta e indistintamente. Capital: El capital social será la tres millones de pesos, que los socios aportan como a continuación se expresa: a) El socio ESTEBAN RODRIGO ESPINACE COLGUAN, aporta la suma de un millón quinientos mil pesos en dinero efectivo e ingresado a la caja social; siendo titular del cincuenta por ciento de los derechos sociales, y b) La socia GETSEMANI YOLANDA LEPE CABRERA, aporta la suma de un millón quinientos mil pesos en dinero efectivo e ingresado a la caja social, siendo titular del cincuenta por ciento de los derechos sociales. Duración: La sociedad rige a contar de la fecha de suscripción de la escritura pública y tendrá una duración de cinco años renovables tácita y sucesivamente por períodos iguales si ninguno de sus socios manifestare su voluntad de ponerle término al final del período que estuviere en curso, mediante escritura pública que se inscribirá al margen de la inscripción social, todo con una anticipación mínima de seis meses al vencimiento del periódo. Puerto Montt, 7 Noviembre 2024.