CENTRO DE ENSEÑANZA Y APRENDIZAJE ESPINACE Y LEPE LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 7 de noviembre de 2024
- Repertorio
- 3235-2024
- Notario
- HERNÁN ANDRÉS GÓMEZ BROWN
- Oficio
- Primera Notaria de Puerto Montt
- Comuna
- Puerto Montt
Sociedad
- Domicilio
- El domicilio de la sociedad será la comuna de Puerto Montt
- Duración
- La sociedad rige a contar de la fecha de suscripción de la escritura pública y tendrá una duración de cinco años renovables tácita y sucesivamente por períodos iguales si ninguno de sus socios manifestare su voluntad de ponerle término al final del período que estuviere en curso, mediante escritura pública que se inscribirá al margen de la inscripción social, todo con una anticipación mínima de seis meses al vencimiento del periódo
Objeto social
El objeto de la sociedad será: la enseñanza y aprendizaje de manera presencial, semi presencial y online, creación, apertura, administración, mantenimiento, sostenimiento, atención y prestación de servicios educacionales en todos los niveles de enseñanza o prestación de servicios educativos y de las artes de enseñanza no formal de conformidad a lo estipulado en el artículo segundo de la Ley General de Educación número veinte mil trescientos setenta. Asimismo podrá desarrollar capacitaciones, talleres, cursos de perfeccionamiento, tecnologías de la información y las comunicaciones, investigaciones de carácter científico o cultural en distintas áreas relacionadas con la educación y toda otra actividad relacionada con lo anterior. La administración, representación y
Administración
La administración, representación y el uso de la razón social corresponderá a ambos socios don ESTEBAN RODRIGO ESPINACE COLGUAN y doña GETSEMANI YOLANDA LEPE CABRERA, de manera conjunta e indistintamente
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalHERNÁN ANDRÉS GÓMEZ BROWN, Notario Público Titular de la Primera Notaria de Puerto Montt, Benavente 385, Puerto Montt, certifico: Por escritura pública de fecha hoy repertorio N° 3235- 2024, ante mí, don ESTEBAN RODRIGO ESPINACE COLGUAN, quien declara ser chileno, casado, profesor, cédula nacional de identidad número dieciséis millones quinientos ochenta y seis ciento veintidós guión uno, domiciliado en volcán Choshuenco cinco mil veintiocho, Valle Volcanes Puerto Montt; y doña GETSEMANI YOLANDA LEPE CABRERA, quien declara ser chilena, casada, fonoaudióloga, cédula nacional de identidad número dieciocho millones treinta y ocho mil uno guión nueve, domiciliada en volcán Choshuenco cinco mil veintiocho, Valle Volcanes Puerto Montt, constituyeron la sociedad de Responsabilidad Limitada: Razón Social: La razón social será: “CENTRO DE ENSEÑANZA Y APRENDIZAJE ESPINACE Y LEPE LIMITADA”, pudiendo, no obstante, actuar u operar ante cualquier persona natural o jurídica, en especial ante Bancos, Corporaciones, Instituciones, y Personas Jurídicas de Derecho Público o Privado, incluso ante el Servicio de Impuestos Internos, con el nombre de fantasía “EDUCART LTDA.”. Domicilio: El domicilio de la sociedad será la comuna de Puerto Montt, sin perjuicio de las sucursales que pudiesen existir en cualquier parte del país o del extranjero. Objeto: El objeto de la sociedad será: la enseñanza y aprendizaje de manera presencial, semi presencial y online, creación, apertura, administración, mantenimiento, sostenimiento, atención y prestación de servicios educacionales en todos los niveles de enseñanza o prestación de servicios educativos y de las artes de enseñanza no formal de conformidad a lo estipulado en el artículo segundo de la Ley General de Educación número veinte mil trescientos setenta. Asimismo podrá desarrollar capacitaciones, talleres, cursos de perfeccionamiento, tecnologías de la información y las comunicaciones, investigaciones de carácter científico o cultural en distintas áreas relacionadas con la educación y toda otra actividad relacionada con lo anterior. La administración, representación y uso de la razón social: La administración, representación y el uso de la razón social corresponderá a ambos socios don ESTEBAN RODRIGO ESPINACE COLGUAN y doña GETSEMANI YOLANDA LEPE CABRERA, de manera conjunta e indistintamente. Capital: El capital social será la tres millones de pesos, que los socios aportan como a continuación se expresa: a) El socio ESTEBAN RODRIGO ESPINACE COLGUAN, aporta la suma de un millón quinientos mil pesos en dinero efectivo e ingresado a la caja social; siendo titular del cincuenta por ciento de los derechos sociales, y b) La socia GETSEMANI YOLANDA LEPE CABRERA, aporta la suma de un millón quinientos mil pesos en dinero efectivo e ingresado a la caja social, siendo titular del cincuenta por ciento de los derechos sociales. Duración: La sociedad rige a contar de la fecha de suscripción de la escritura pública y tendrá una duración de cinco años renovables tácita y sucesivamente por períodos iguales si ninguno de sus socios manifestare su voluntad de ponerle término al final del período que estuviere en curso, mediante escritura pública que se inscribirá al margen de la inscripción social, todo con una anticipación mínima de seis meses al vencimiento del periódo. Puerto Montt, 7 Noviembre 2024.