CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SERVICIOS MEDICOS YELICETH SANCHEZ Y COMPAÑÍA LIMITADA

CVE 2567862
Capital
$10.000.000 CLP
Fecha instrumento
25 de octubre de 2024
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
25 de octubre de 2024
Repertorio
2660-2024
Notario
ALEJANDRO TOMÁS VIADA OVALLE
Oficio
Sexta Notaría de esta ciudad

Sociedad

N. fantasía
Se nombra como administrador de la sociedad de acuerdo a lo dispuesto y para que actúe en los términos señalados en el ARTÍCULO QUINTO de estos estatutos a doña YELICETH CLARET SANCHEZ PEREZ, ya individualizada quien podrá actuar, anteponiendo su firma a la razón social, tendrá todas y cada una de las facultades indicadas en el ARTÍCULO QUINTO de los estatutos. Se establece en este acto que, por esta única vez, no será necesario anotar marginalmente en la inscripción social la designación de administrador de la sociedad que da cuenta esta cláusula, bastando su designación en este acto
Capital
$10.000.000 CLP
Domicilio
ciudad de Vallenar
Duración
5 años contados desde fecha publicación constitución y se renovará por períodos iguales y sucesivos si ninguno de los socios manifiesta su voluntad de ponerle término en forma establecida en estatuto social

Objeto social

El objeto de la sociedad será la prestación de servicios médicos y de salud, compra y venta de insumos médicos y de salud, y toda otra actividad relacionada, en la actualidad o en el futuro, con las anteriores y cualquier otro objeto que los socios acuerden; en general “La Empresa” podrá efectuar todos los actos y contratos que se relacione directa o indirectamente con sus fines empresariales, todo ello dentro del marco de las normas legales y reglamentarias vigentes

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ALEJANDRO TOMÁS VIADA OVALLE, Abogado, Notario Público Titular de la Sexta Notaría de esta ciudad, con domicilio en este oficio calle Huanhualí número doscientos noventa y dos de la ciudad y comuna de La Serena, certifica: Por escritura de fecha 25 de octubre de 2024, Repertorio N°2.660-2024, ante mí, doña YELICETH CLARET SANCHEZ PEREZ, venezolana, casada, médico cirujano, cédula de identidad para extranjeros número veinticinco millones cuatrocientos treinta y cuatro mil doscientos noventa y cinco guion cinco , domiciliada en Avenida Buen Retiro número cuatrocientos tres, Villa Los Regidores, comuna y ciudad de Vallenar; y doña LISVELIA ANTONIA PEREZ DE SANCHEZ, venezolana, casada, empleada, cédula de identidad para extranjeros número veinticinco millones setecientos sesenta y ocho mil trescientos quince guion K, domiciliada en Avenida Buen Retiro número cuatrocientos tres, Villa Los Regidores, comuna y ciudad de Vallenar, constituyen una sociedad de responsabilidad limitada bajo razón social “SERVICIOS MEDICOS YELICETH SANCHEZ Y COMPAÑÍA LIMITADA”. Objeto: El objeto de la sociedad será la prestación de servicios médicos y de salud, compra y venta de insumos médicos y de salud, y toda otra actividad relacionada, en la actualidad o en el futuro, con las anteriores y cualquier otro objeto que los socios acuerden; en general “La Empresa” podrá efectuar todos los actos y contratos que se relacione directa o indirectamente con sus fines empresariales, todo ello dentro del marco de las normas legales y reglamentarias vigentes. Domicilio: ciudad de Vallenar. Duración: 5 años contados desde fecha publicación constitución y se renovará por períodos iguales y sucesivos si ninguno de los socios manifiesta su voluntad de ponerle término en forma establecida en estatuto social. Capital: $10.000.000. Administración, representación y uso de la razón social y nombre de fantasía: Se nombra como administrador de la sociedad de acuerdo a lo dispuesto y para que actúe en los términos señalados en el ARTÍCULO QUINTO de estos estatutos a doña YELICETH CLARET SANCHEZ PEREZ, ya individualizada quien podrá actuar, anteponiendo su firma a la razón social, tendrá todas y cada una de las facultades indicadas en el ARTÍCULO QUINTO de los estatutos. Se establece en este acto que, por esta única vez, no será necesario anotar marginalmente en la inscripción social la designación de administrador de la sociedad que da cuenta esta cláusula, bastando su designación en este acto. Demás estipulaciones en escritura extractada. La Serena a 06 de Noviembre del año 2024.-