Sociedad de Profesionales Bárcenas y Gómez Limitada
Instrumento
- Fecha
- 28 de octubre de 2024
- Repertorio
- 9331-2024
- Notario
- MAGDALENA SOFIA LATORRE LARRAIN
- Oficio
- 5° Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
- Domicilio
- Santiago
- Duración
- Indefinida
- Ley aplicable
- Ley Nº3.918
Objeto social
prestar todo tipo de asesoría y servicios a personas jurídicas o naturales, en toda clase de materias e industrias relacionadas con el cuidado de personas de la tercera edad, enfermos y recién operados, en sus domicilios o en instalaciones propias, y en general cualquier otro establecimientos destinado al cuidado, curación, recuperación, rehabilitación orgánica, fisiológica, psíquica de personas; La realización de actividades conexas o complementarias y)o que digan relación con lo anteriormente señalado
Administración
La administración y representación de la sociedad y el uso de su razón social corresponderá a todos los socios de manera indistinta e individual, cualquiera de ellos, quiénes podrán actuar anteponiendo a su firma la razón social, tendrán las más amplias facultades de administración y disposición, pudiendo ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos y convenciones, de cualquier naturaleza que sean, que se relacionen directa o indirectamente con el giro social;
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMAGDALENA SOFIA LATORRE LARRAIN, Abogado, Notario Público INTERINO, de la 5° Notaría de Santiago, con Oficio en calle Gertrudis Echeñique N°30, oficina N°32, Las Condes, Santiago, Región Metropolitana,certifico: que por escritura pública de fecha 28 de octubre de 2024, repertorio N°9331-2024, ante mí, doña TATIANA MARÍA GÓMEZ CANO, colombiana, soltera, químico, cedula de identidad N°22.449.309-6, y doña LINKA LUCÍA BÁRCENAS ESTEFENN, chilena, soltera, ingeniero químico, cedula de identidad N°14.755.422-2, ambas con domicilio para estos efectos en avenida Providencia N°1650, oficina N°1004, comuna de Providencia, Santiago, Región Metropolitana, constituyen una sociedad de responsabilidad limitada, que se regirá por las disposiciones de la Ley Nº3.918, sus modificaciones posteriores, por las demás leyes aplicables y, en especial, por sus estatutos, de los cuales se extracta lo siguiente: Razón Social: “Sociedad de Profesionales Bárcenas y Gómez Limitada”, pudiendo usar como nombre de fantasía para efectos legales, comerciales y publicitarios, la expresión “Cuida Vida”; Objeto: prestar todo tipo de asesoría y servicios a personas jurídicas o naturales, en toda clase de materias e industrias relacionadas con el cuidado de personas de la tercera edad, enfermos y recién operados, en sus domicilios o en instalaciones propias, y en general cualquier otro establecimientos destinado al cuidado, curación, recuperación, rehabilitación orgánica, fisiológica, psíquica de personas; La realización de actividades conexas o complementarias y/o que digan relación con lo anteriormente señalado. Administración y Uso de la Razón Social: La administración y representación de la sociedad y el uso de su razón social corresponderá a todos los socios de manera indistinta e individual, cualquiera de ellos, quiénes podrán actuar anteponiendo a su firma la razón social, tendrán las más amplias facultades de administración y disposición, pudiendo ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos y convenciones, de cualquier naturaleza que sean, que se relacionen directa o indirectamente con el giro social; Capital: $1.000.000.-, que aportaron los socios de la siguiente manera: A) doña LINKA LUCÍA BÁRCENAS ESTEFENN, aporta quinientos mil pesos; y B) doña TATIANA MARÍA GÓMEZ CANO, aporta quinientos mil pesos, que los socios pagan ingresando en este acto, en dinero efectivo a la caja social; Duración: La sociedad tendrá una duración indefinida. Domicilio: Santiago. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 30 de octubre de 2024. MAGDALENA SOFIA LATORRE LARRAIN, Notario Público INTERINO.-