PATAGONIA CAPITAL Y ASESORÍAS LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 18 de octubre de 2024
- Repertorio
- 27772-2024
- Notario
- ÁLVARO GONZÁLEZ SALINAS
- Oficio
- 42° Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $600.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalÁLVARO GONZÁLEZ SALINAS, Notario Público Titular, de la 42° Notaría de Santiago, con oficio en calle Apoquindo número 3001, piso 2, comuna de Las Condes, certifico: por escritura de fecha 18 de octubre de 2024, otorgada ante mí bajo el repertorio N° 27772-2024, don EDMUNDO EDGARDO SOTO NAVARRO, don JUAN IGNACIO CORNEJO RODRÍGUEZ, y don MATÍAS BERNARDO KUNSTMANN RIOSECO, todos domiciliados en calle Los Militares 5001, oficina 402, comuna de Las Condes, en su calidad de únicos y actuales socios de la sociedad PATAGONIA CAPITAL Y ASESORÍAS LIMITADA, inscrita a fojas 66.207 número 48.464 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, correspondiente al año 2011, modificaron sus estatutos en las siguientes materias que son objeto de extracto: Retiro de socio: Debido a diferencias entre los socios, MATÍAS BERNARDO KUNSTMANN RIOSECO se retira de la sociedad. Capital: En atención al retiro de don Matías Bernardo Kunstmann Rioseco, se disminuyó el capital social en el monto equivalente al de los derechos aportados por el renunciante, correspondiente a $600.000. Modificación del pacto social: Como consecuencia de la renuncia y de la disminución de capital, los únicos socios de PATAGONIA CAPITAL Y ASESORÍAS LIMITADA, Edmundo Edgardo Soto Navarro, y Juan Ignacio Cornejo Rodríguez modificaron el pacto social en el siguiente sentido: /A/ Sustituyendo el actual artículo Quinto del Pacto social por el siguiente: “QUINTO: El capital social asciende a la suma de un millón doscientos mil pesos, monto que se encuentra totalmente aportado por los socios en partes iguales y se encuentra totalmente pagado”. /B/ Sustituyendo el artículo Séptimo del Pacto Social, relativo a la administración de la Sociedad, por el siguiente: “SÉPTIMO: La administración de la Sociedad, el uso de la razón social y su representación judicial y extrajudicial corresponderá y será ejercida por EDMUNDO EDGARDO SOTO NAVARRO y JUAN IGNACIO CORNEJO RODRÍGUEZ, en adelante los “Apoderados”, quienes actuando en forma individual, y anteponiendo su nombre y firma a la razón social, representarán a la Sociedad con las más amplias facultades de administración y disposición de bienes, en todo asunto, negocio, operación, gestión, actuación, juicio, acto o contrato, ya sea que diga o no relación con el objeto social, circunstancia que no será necesario acreditar frente a terceros”. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 6 de noviembre de 2024.