MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

MARTÍNEZ HEROLD & OYARZÚN ATALA LIMITADA

RUT 76044045-0 CVE 2567612
Capital
$2.000.000 CLP
Fecha instrumento
5 de noviembre de 2024
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
5 de noviembre de 2024
Notario
WLADIMIR ALEJANDRO SCHRAMM LOPEZ
Oficio
49º Notaría Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$2.000.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

WLADIMIR ALEJANDRO SCHRAMM LOPEZ, Notario Público Titular, 49º Notaría Santiago, Amunategui 73, Santiago, certifico: Que, por escritura pública de fecha 05/11/2024 ante mí; don ALVARO RAIMUNDO MARTÍNEZ HEROLD por sí y en representación de doña ELADIA DEL CARMEN HEROLD ALFERO; doña GLENDA MARCELA OYARZÚN ATALA por sí y en representación de doña MARIA ELISA ATALA ATALA; doña JULIETA AMARA MARTÍNEZ OYARZÚN y LAURA LUNA MARTÍNEZ OYARZÚN, todos domiciliados en calle Ascotán número cinco mil seiscientos veintidós, comuna de Vitacura, modificaron la sociedad “MARTÍNEZ HEROLD & OYARZÚN ATALA LIMITADA”, constituida mediante escritura pública de fecha 21/07/2008, otorgada en la Notaría de Santiago de don René Benavente Cash, un extracto de dicha constitución fue inscrita a fojas 36948 Nº 25450, Registro Comercio Santiago de fecha 11/08/2008 y publicado en el Diario Oficial del 18/08/2008.- Modificada por última vez mediante escritura pública de fecha 23/10/2017, otorgada en la Notaría de Santiago de don René Benavente Cash, un extracto de dicha modificación fue inscrita a fojas 89981 Nº 48060, Registro Comercio Santiago de fecha 27/11/2047 y publicado en el Diario Oficial del 30/11/2017.- Modificaciones: A) ELADIA DEL CARMEN HEROLD ALFERO vende el 20% de los derechos de la sociedad a la socia que ingresa JULIETA AMARA MARTÍNEZ OYARZÚN, en $3.500.000 pagados en este acto de contado y en dinero efectivo.- B) MARIA ELISA ATALA ATALA vende el 20% de los derechos de la sociedad a la socia que ingresa LAURA LUNA MARTÍNEZ OYARZÚN, en $3.500.000 pagados en este acto de contado y en dinero efectivo.- Como consecuencia de las cesiones precedentes quedan como únicos y actuales socios: ALVARO RAIMUNDO MARTINEZ HEROLD dueño de un 30% de los derechos y capital social; GLENDA MARCELA OYARZÚN ATALA dueña de un 30% de los derechos y capital; JULIETA AMARA MARTÍNEZ OYARZÚN dueña de un 20% de los derechos y capital y LAURA LUNA MARTÍNEZ OYARZÚN dueña de un 20% de los derechos y capital.- Únicos y actuales socios modifican el artículo Quinto: Capital: $2.000.000.- que se encuentra íntegramente aportado y enterado en dinero efectivo de la siguiente manera: ALVARO RAIMUNDO MARTINEZ HEROLD aportó $600.000 lo que corresponde a un 30% de los derechos sociales; GLENDA MARCELA OYARZÚN ATALA aportó $600.000 lo que corresponde a un 30% de los derechos sociales; JULIETA AMARA MARTÍNEZ OYARZÚN aportó $400.000 lo que corresponde a un 20% de los derechos sociales y LAURA LUNA MARTÍNEZ OYARZÚN aportó $400.000 lo que corresponde a un 20% de los derechos sociales.- En lo no modificado rigen cláusulas pacto original.- Demás estipulaciones, escritura.- Santiago, 05 de Noviembre de 2024.