INVERSIONES INVERELI LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 30 de septiembre de 2024
- Notario
- VALERIA RONCHERA FLORES
- Oficio
- Décima Notaría Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $100.000 CLP
- Domicilio
- El domicilio de la sociedad es la ciudad de Santiago
- Duración
- Treinta años, época en la cual la sociedad terminará de pleno derecho, salvo que los socios prorroguen su duración mediante acto posterior
Objeto social
El objeto de la sociedad será: la compraventa, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento, corretaje u otra forma de explotación, loteo, subdivisión, construcción y urbanización de bienes raíces, urbanos o rurales, por cuenta propia o ajena; La adquisición, inversión y)o venta en toda clase de acciones o derechos en sociedades civiles o comerciales, de personas o de capital, colectivas, limitadas, en comandita simple o por acciones, anónimas, sean abiertas o cerradas, comunidades o asociaciones, a cualquier título, forma o modalidad, su administración, explotación y enajenación; y, La formación y)o participación en todo y cualquier tipo de sociedades, empresas y)o asociaciones que se constituyan en lo sucesivo o se encontraren ya constituidas, sean nacionales o extranjeras, sin limitación alguna, su modificación o su administración, por cuenta propia o ajena. La compra, venta y)o inversión en bonos, acciones, debentures y todo tipo de títulos de crédito, efectos públicos, valores mobiliarios y, en general, toda clase de documentación negociable;
Administración
La administración, la representación y el uso de la razón social corresponderá a don JAIME ALFONSO OVALLE NÚÑEZ, quien actuando por la sociedad y anteponiendo la razón social a su firma, la representará con las más amplias facultades, pudiendo obligarla en toda clase de actos y contratos. El Administrador podrá ser o no accionista de la sociedad. El Administrador tendrá la representación judicial y extrajudicial de la sociedad en todo lo que respecta al cumplimiento del objeto social, lo que no será necesario acreditar ante terceros, y en toda clase de actos y negocios con las más amplias facultades y atribuciones, sin limitación ni exclusión alguna, con las facultades enunciadas en el pacto social
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalVALERIA RONCHERA FLORES, Notario Público, Décima Notaría Santiago, con oficio en calle Agustinas 1287, Santiago, certifico: Que por escritura pública de hoy, don JAIME ALFONSO OVALLE NÚÑEZ, chileno, soltero, factor de comercio, cédula nacional de identidad número quince millones setecientos cuarenta y un mil novecientos siete guion dos, domiciliado en Avenida Jaime Guzmán número mil cuatrocientos setenta y ocho, comuna de Isla de Maipo, Región Metropolitana, la empresa INVERSIONES JAIME ALFONSO OVALLE NUÑEZ EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, sociedad del giro de su denominación, rol único tributario número setenta y siete millones novecientos noventa y cinco mil trescientos uno guion siete, representada por don JAIME ALFONSO OVALLE NÚÑEZ, chileno, soltero, factor de comercio, cédula nacional de identidad número quince millones setecientos cuarenta y un mil novecientos siete guion dos, ambos domiciliados en Avenida Jaime Guzmán número mil cuatrocientos setenta y ocho, comuna de Isla de Maipo, Región Metropolitana y doña ELIZABETH DEL CARMEN NUÑEZ FUENTES, chilena, soltera, independiente, cédula nacional de identidad número ocho millones sesenta y tres mil novecientos treinta y nueve guion dos, con domicilio en Avenida Jaime Guzmán número mil cuatrocientos setenta y ocho de la comuna de Isla de Maipo, Región Metropolitana. Los comparecientes personas naturales mayores de edad. Los comparecientes personas naturales mayores de edad, quienes debidamente representados constituyen una sociedad por acciones. Razón social: “INVERSIONES INVERELI LIMITADA”, con nombre de fantasía “INVERELI LTDA.”; Domicilio: El domicilio de la sociedad es la ciudad de Santiago sin perjuicio de poder establecer agencias y sucursales en otros lugares del país o del extranjero; Duración: Treinta años, época en la cual la sociedad terminará de pleno derecho, salvo que los socios prorroguen su duración mediante acto posterior; Objeto: El objeto de la sociedad será: la compraventa, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento, corretaje u otra forma de explotación, loteo, subdivisión, construcción y urbanización de bienes raíces, urbanos o rurales, por cuenta propia o ajena; La adquisición, inversión y/o venta en toda clase de acciones o derechos en sociedades civiles o comerciales, de personas o de capital, colectivas, limitadas, en comandita simple o por acciones, anónimas, sean abiertas o cerradas, comunidades o asociaciones, a cualquier título, forma o modalidad, su administración, explotación y enajenación; y, La formación y/o participación en todo y cualquier tipo de sociedades, empresas y/o asociaciones que se constituyan en lo sucesivo o se encontraren ya constituidas, sean nacionales o extranjeras, sin limitación alguna, su modificación o su administración, por cuenta propia o ajena. La compra, venta y/o inversión en bonos, acciones, debentures y todo tipo de títulos de crédito, efectos públicos, valores mobiliarios y, en general, toda clase de documentación negociable; Capital: El capital social es la suma de $100.000.000 de pesos, cantidad que los socios estipulan aportar en la siguiente proporción: A) don JAIME ALFONSO OVALLE NÚÑEZ, en un 2% del capital, ascendente a la suma de $2.000.000 pagaderos dentro del plazo de tres años conforme lo requieran las necesidades del giro de la sociedad; B) INVERSIONES JAIME ALFONSO OVALLE NUÑEZ EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, en un 2% del capital, ascendente a la suma de $2.000.000 pagaderos dentro del plazo de tres años conforme lo requieran las necesidades del giro de la sociedad; y C) doña ELIZABETH DEL CARMEN NUÑEZ FUENTES, estipula aportar la suma de $96.000.000, equivalente al 96% del capital social, que se entera en este acto a caja social mediante el aporte del inmueble que se señala en la cláusula transitoria; Administración: La administración, la representación y el uso de la razón social corresponderá a don JAIME ALFONSO OVALLE NÚÑEZ, quien actuando por la sociedad y anteponiendo la razón social a su firma, la representará con las más amplias facultades, pudiendo obligarla en toda clase de actos y contratos. El Administrador podrá ser o no accionista de la sociedad. El Administrador tendrá la representación judicial y extrajudicial de la sociedad en todo lo que respecta al cumplimiento del objeto social, lo que no será necesario acreditar ante terceros, y en toda clase de actos y negocios con las más amplias facultades y atribuciones, sin limitación ni exclusión alguna, con las facultades enunciadas en el pacto social. Otras estipulaciones en escritura extractada.- SANTIAGO, 30 de septiembre 2024.