MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

COMERCIAL E INVERSIONES INVERCOL LIMITADA

RUT 76763690-3 CVE 2567221
Capital
$1.000.000 CLP
Notaría
Titular de la Primera Notaria de Vitacura

Instrumento

Repertorio
2878/2024
Comuna
Titular de la Primera Notaria de Vitacura

Sociedad

Capital
$1.000.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

MÓNICA FIGUEROA CARVAJAL, Notaria Titular de la Primera Notaria de Vitacura, con Oficio en Avda. Vitacura 6844, local -1, comuna de Vitacura, certifico: Mediante escritura pública de fecha 30 de Octubre del 2024, Repertorio N°2878/2024 ante mí, don JAVIER ESCOBAR VALDERRAMA, domiciliado en Avenida Las Condes 7026, departamento 802, comuna de Las Condes, por sí y en representación de doña NICOLE ESCOBAR BASTIDAS, domiciliada en Dos Bis Rue Herran 75116, Paris, Francia, y de don ANTONIO JOSÉ ESCOBAR BASTIDAS, domiciliado en calle Dardo Regules 2384, comuna de Vitacura, Santiago, y don LEONARDO PEREA CASTRO, domiciliado en Avenida La Montaña Norte 3650, Casa 43 A, comuna de Lampa, Región Metropolitana, modificaron sociedad “COMERCIAL E INVERSIONES INVERCOL LIMITADA”, Rut N°76.763.690-3, con un capital social de $1.000.000, totalmente suscritos y pagados. Sociedad inscrita a fojas 26.734 N°18.629 en el Registro de Comercio de Santiago año 2006 y se publicó en el Diario Oficial con fecha 17 de junio del 2006. Con posteriores modificaciones. Son al día de hoy los únicos y actuales socios de la sociedad y en las respectivas participaciones los siguientes A) don Javier Escobar Valderrama, titular del 70% de los derechos sociales; B) doña Nicole Escobar Bastidas, titular del 10% de los derechos sociales; C) don Antonio José Escobar Bastidas, titular del 10% de los derechos sociales; y D) don Leonardo Perea Castro, titular del 10% de los derechos sociales, quienes acuerdan modificar los estatutos sociales de la sociedad, en cuanto a su administración, representación y uso de la razón social, la que a partir de hoy corresponderá INDISTINTAMENTE, a don JAVIER ESCOBAR VALDERRAMA y a don LEONARDO PEREA CASTRO, quienes podrán anteponer sus firmas a la razón social, y representarla en todas y cada una de las facultades mencionadas en la escritura constitutiva y a mayor abundamiento, también en las que se mencionan en escritura que se extracta. En todo lo no modificado por el presente instrumento, permanecerán vigentes las estipulaciones del pacto social. Demás estipulaciones en escritura extractada. Vitacura, 02 de Noviembre del 2024.-