MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SOCIEDAD PEDRO GUAJARDO RAMIREZ Y COMPAÑÍA LIMITADA

RUT 76562719-2 CVE 2567094
Capital
$1.000.000 CLP
Fecha instrumento
9 de octubre de 2024
Notaría
Puente Alto

Instrumento

Fecha
9 de octubre de 2024
Notario
RAIMUNDO WOOD ESPINOZA
Oficio
6° Notaría de Puente Alto
Comuna
Puente Alto

Sociedad

Capital
$1.000.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

RAIMUNDO WOOD ESPINOZA, Notario Público Titular de la 6° Notaría de Puente Alto, con oficio en calle Sergio Roubillard N°66, comuna de Puente Alto, certifico que por escritura pública, otorgada ante mi, de fecha 09 de octubre de 2024, NICOLÁS FELIPE REINOSO SAN MARTÍN, domiciliado en Franklin 153, Santiago, Región Metropolitana, de paso por esta, suscribió escritura pública de saneamiento de modificación de fecha 31 de mayo de 2024 de la sociedad “SOCIEDAD PEDRO GUAJARDO RAMIREZ Y COMPAÑÍA LIMITADA” inscrita a fojas 33 vuelta número 30 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Puente alto del año 2016, que luego fue rectificada a fojas 67 número 57 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Puente alto del año 2016. El vicio a subsanar consistió en falta de inscripción y publicación de la modificación de 31 de mayo 2024 dentro de plazo legal. En dicha escritura se modificó la sociedad en el siguiente sentido: A) socio JAVIER ERNESTO GUAJARDO QUIÑONES, cede el 100% de sus derechos correspondientes al 10% del capital social a PEDRO JAVIER GUAJARDO RAMIREZ, quien los compra, acepta y adquiere para si, por un precio que asciende a la suma de $1.000.000.-, precio que se pagó al contado y en dinero efectivo; B) En razón de la cesión celebrada, sale de la sociedad JAVIER ERNESTO GUAJARDO QUIÑONES; C) Los actuales socios acordaron realizar la siguiente modificación a los estatutos sociales: i) Modifican la CLAUSULA PRIMERO que queda como sigue: “El nombre o razón social es SOCIEDAD COMERCIAL EL ZÓCALO COMPAÑÍA LIMITADA” pudiendo actuar también con el nombre de fantasía “COMERCIAL EL ZOCALO LIMITADA” el que podrá usar incluso con los bancos. II) Modifican la CLAUSULA QUINTO que queda como sigue: “El capital de la sociedad es la suma de DIEZ MILLONES DE PESOS, que los socios pagan de la siguiente forma: UNO) Don PEDRO JAVIER GUAJARDO RAMÍREZ, aporta la cantidad de seis millones quinientos mil pesos, equivalentes al sesenta y cinco por ciento del capital social, quien lo paga en este acto y en dinero efectivo, que en este acto ingresa a la caja social. DOS) Doña MARIA SOLEDAD QUIÑONES MARTINEZ aporta la cantidad de tres millones quinientos mil pesos, equivalentes al treinta y cinco por ciento del capital social, quien lo paga en este acto y en dinero efectivo, que en este acto ingresa a la caja social. Demás estipulaciones constan en escritura extractada.- Puente Alto, de 14 de octubre de 2024.