CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SOCIEDAD AGRICOLA GONZÁLEZ ROBLERO LIMITADA

CVE 2566717
Capital
$42.000.000 CLP
Fecha instrumento
17 de octubre de 2024
Notaría
Rancagua
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
17 de octubre de 2024
Comuna
Rancagua

Sociedad

Capital
$42.000.000 CLP
Domicilio
Comuna de Codegua
Duración
10 años contados desde fecha escritura social prorrogables en forma automática por períodos iguales y sucesivos de 10 años cada uno, sí ningún socio manifiesta voluntad ponerle término 6 meses de anticipación a plazo inicial o prórroga, mediante escritura pública anotada margen inscripción social

Objeto social

a) La explotación agrícola, agroindustrial, forestal, ganadera, avícola, de predios rústicos por cuenta propia o ajena, transformación, comercialización, exportación e importación de los productos de dicha explotación, producción, procesamiento, distribución y compraventa de materia primas, alimentos concentrados, semillas, fertilizantes, y cualquier otro producto del agro, pudiendo actuar por cuenta propia, como comisionista o mandataria de terceros; b) Prestar asesoría técnica, capacitación y divulgación de conocimientos y técnicas agrarias, realizar estudios, elaboración de proyectos de factibilidad, técnicos o económicos relacionados con el agro; c) Compra, venta, representación, exportación e importación de maquinarias, partes, piezas y equipos agrícolas y agroindustriales, la prestación de servicios agrícolas con maquinarias y equipos propios o ajenos, y en general la realización de todo acto que tenga relación directa o indirecta con la actividad agrícola, forestal, agroindustrial, ganadera y avícola, que determine el empresario; d) Realizar inversiones, comercialización, administración, arrendamiento, corretaje, y toda otra forma de explotación sobre propiedades agrícolas, productos agrícolas y celebrar sobre ellos toda clase de actos y contratos, la promoción de negocios, inversión asesoría y consultoría en los mismos; y en general, desarrollar toda otra actividad relacionada con el giro de la sociedad que se constituye por este instrumento, y que acuerden los

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

GERARDO ANDRÉS CARVALLO CASTILLO, abogado, Notario Titular de esta Primera Notaría de Rancagua, calle Campos 466, comuna de Rancagua, certifica: Por escritura pública Rep. N°2.659-2024, hoy ante mí, ROSARIO DEL CARMEN GONZÁLEZ ROBLERO domiciliada en Camino Tunca 1449 de la comuna de Codegua; MARÍA ELENA GONZÁLEZ ROBLERO, domiciliada en Fundo Tunca Arriba sin número de la comuna de Codegua; JOSÉ LUIS GONZÁLEZ ROBLERO, domiciliado en Fundo Tunca Arriba sin número de la comuna de Codegua; MANUEL FERNANDO GONZÁLEZ ROBLERO, domiciliado en Fundo Tunca Arriba sin número de la comuna de Codegua; MARÍA AGUSTINA GONZÁLEZ ROBLERO, domiciliada en Camino Tunca, 1461 de la comuna de Codegua; y SERGIO ENRIQUE GONZÁLEZ ROBLERO, domiciliado en Camino Tunca,1453 de la comuna de Codegua, constituyeron sociedad responsabilidad limitada bajo razón social “SOCIEDAD AGRICOLA GONZÁLEZ ROBLERO LIMITADA”, pudiendo actuar, inclusive con los Bancos, con el nombre de “AGRICOLA GONZÁLEZ ROBLERO LTDA.”.- Objeto: a) La explotación agrícola, agroindustrial, forestal, ganadera, avícola, de predios rústicos por cuenta propia o ajena, transformación, comercialización, exportación e importación de los productos de dicha explotación, producción, procesamiento, distribución y compraventa de materia primas, alimentos concentrados, semillas, fertilizantes, y cualquier otro producto del agro, pudiendo actuar por cuenta propia, como comisionista o mandataria de terceros; b) Prestar asesoría técnica, capacitación y divulgación de conocimientos y técnicas agrarias, realizar estudios, elaboración de proyectos de factibilidad, técnicos o económicos relacionados con el agro; c) Compra, venta, representación, exportación e importación de maquinarias, partes, piezas y equipos agrícolas y agroindustriales, la prestación de servicios agrícolas con maquinarias y equipos propios o ajenos, y en general la realización de todo acto que tenga relación directa o indirecta con la actividad agrícola, forestal, agroindustrial, ganadera y avícola, que determine el empresario; d) Realizar inversiones, comercialización, administración, arrendamiento, corretaje, y toda otra forma de explotación sobre propiedades agrícolas, productos agrícolas y celebrar sobre ellos toda clase de actos y contratos, la promoción de negocios, inversión asesoría y consultoría en los mismos; y en general, desarrollar toda otra actividad relacionada con el giro de la sociedad que se constituye por este instrumento, y que acuerden los socios.- Domicilio: Comuna de Codegua, sin perjuicio del establecimiento de otras agencias o sucursales en el país o en el extranjero.- Administración, Representación y Uso Razón Social: Corresponderá a Rosario del Carmen González Roblero y Manuel Fernando González Roblero, quienes actuando conjunta o separadamente, con amplias facultades.-LIMITACIONES: Las siguientes facultades requieren la firma conjunta de ambos socios: 1).-comprar, vender, permutar, ceder, dar en pago y transferir toda clase bienes raíces; 2).- avalar letras de cambio y pagarés y demás documentos bancarios; 3).- otorgar fianzas simples o solidarias y constituir a la sociedad en fiador y codeudor solidario de deudas sociales o de terceros; y en general garantizar obligaciones de terceros; 4).- otorgar hipotecas, prendas u otras cauciones o garantías personales o reales.- 5).- solicitar mutuos o préstamos bancarios en cualesquiera de sus formas, por montos superiores a Mil Unidades de Fomento o su equivalente en pesos.- Capital: $42.000.000, aportados así: Cada uno de los socios aporta la sum de $7.000.000 ya ingresados a la caja social en dinero efectivo.- Duración: 10 años contados desde fecha escritura social prorrogables en forma automática por períodos iguales y sucesivos de 10 años cada uno, sí ningún socio manifiesta voluntad ponerle término 6 meses de anticipación a plazo inicial o prórroga, mediante escritura pública anotada margen inscripción social. - Demás estipulaciones en escritura extractada. Rancagua, 17 de octubre de 2024.