JOHANA ALEXANDRA PÉREZ SOTO SERVICIOS DE ESTÉTICA INTEGRAL ROJOVIPS E.I.R.L.
Instrumento
- Fecha
- 8 de marzo de 2024
- Repertorio
- 2880/2024
- Notario
- PAOLA DEBORAH STACK LARA
- Domicilio
- Viña del Mar
- Comuna
- Viña del Mar
Sociedad
- Ley aplicable
- Ley Nº 19.499
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalPAOLA DEBORAH STACK LARA, abogado y Notario Público Titular de Viña del Mar, Libertad 901, local A, Certifica: Por escritura pública de fecha catorce de Septiembre de dos mil veinticuatro, Repertorio N°2880/2024, ante mí, doña JOHANA ALEXANDRA PÉREZ SOTO, debidamente representada por el abogado ALVARO EMMANUEL AULEDA REYES, realizó la rectificación y saneamiento de la escritura de modificación y disminución de capital de “JOHANA ALEXANDRA PÉREZ SOTO SERVICIOS DE ESTÉTICA INTEGRAL ROJOVIPS E.IR.L.”, constituida con fecha seis de Octubre de dos mil diez, e inscrita a fojas mil cuatrocientos dieciséis vuelta, número mil seiscientos noventa y nueve del Registro de Comercio de Viña del Mar, año dos mil diez, en el siguiente sentido: RECTIFICACIÓN: . En la cláusula PRIMERA, donde dice: “la que se inscribió en el Registro de Comercio del año dos mil diez del Conservador de Bienes Raíces de la comuna de Quilpué”, debe decir, en definitiva: “la que se inscribió en el Registro de Comercio del año dos mil diez del Conservador de Bienes Raíces de la comuna de Viña del Mar”. SANEAMIENTO: De conformidad a la Ley Nº 19.499 se realizó el saneamiento de la escritura pública de modificación y disminución de capital de la sociedad “JOHANA ALEXANDRA PÉREZ SOTO SERVICIOS DE ESTÉTICA INTEGRAL ROJOVIPS E.IR.L.”, celebrada con fecha 08 de marzo de 2024, y otorgada ante don Raúl Farren Paredes, Abogado y Notario Público Titular de la Primera Notaría de Viña del Mar, en el siguiente sentido: Los vicios consistieron en El extracto no fue publicado en el Registro de Comercio respectivo dentro del plazo establecido en la ley y; b) El extracto no fue publicado, por una vez en el Diario Oficial. El compareciente expresamente corrige y realiza el saneamiento de los vicios señalados precedentemente, obligándose a confeccionar un extracto de esta escritura de rectificación y saneamiento y a efectuar la correspondiente publicación e inscripción en el plazo establecido en la ley. En todo lo no modificado rige plenamente el pacto social. Demás estipulaciones constan en escritura extractada, Viña del Mar, veinticinco de octubre de dos mil veinticuatro.-