Instrumento
- Comuna
- Puerto Montt de don René Ramírez Molina
Sociedad
- Domicilio
- El domicilio de la Cooperativa será la ciudad de Carelmapu, comuna y departamento de Maullín, pero podrá establecerse sucursales en otras localidades cuando así lo acuerde el consejo de
- Duración
- Indefinida
Objeto social
La cooperativa propende al desenvolvimiento técnico y mejoramiento económico de la pesca, como también promoverá el progreso del pescador en el orden social y cultural, fomentando entre sus socios el espíritu de ayuda mutua y colaboración leal y honrada. La Cooperativa se propone desarrollar, sucesiva o simultáneamente, las demás finalidades o actividades señaladas en el artículo segundo de los estatutos. Número de socios que concurrieron a su constitución: 80
Administración
Duración: Su duración será indefinida, sin perjuicio de lo dispuesto en el título duodécimo del estatuto y las causales generales de disolución contempladas en la ley
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalEn la ciudad de MAULLÍN, REPÚBLICA DE CHILE, a treinta de Octubre del año dos mil veinticuatro, ante mí, PAMELA ALEJANDRA QUINTEROS LOPEZ, Abogada, Notaria Pública Titular de la ciudad y comuna de Maullín, con oficio en calle Baquedano número cuatrocientos ochenta, certifica: Don Eugenio Fernández Wellmann, chileno, soltero, abogado, con domicilio en Urmeneta número cuatrocientos setenta y uno, mayor de edad, quien expuso que en su calidad de apoderado, designado al efecto, según acuerdo cuarto del Acta reducida a escritura pública, constituyeron una cooperativa de producción: Razón Social: La cooperativa se denominará “Cooperativa de Pescadores Carelmapu Limitada”, se regirá por este estatuto, la Ley General de Cooperativas, su reglamento y las demás disposiciones legales que le sean aplicables. Domicilio: El domicilio de la Cooperativa será la ciudad de Carelmapu, comuna y departamento de Maullín, pero podrá establecerse sucursales en otras localidades cuando así lo acuerde el consejo de administración. Duración: Su duración será indefinida, sin perjuicio de lo dispuesto en el título duodécimo del estatuto y las causales generales de disolución contempladas en la ley. Objeto: La cooperativa propende al desenvolvimiento técnico y mejoramiento económico de la pesca, como también promoverá el progreso del pescador en el orden social y cultural, fomentando entre sus socios el espíritu de ayuda mutua y colaboración leal y honrada. La Cooperativa se propone desarrollar, sucesiva o simultáneamente, las demás finalidades o actividades señaladas en el artículo segundo de los estatutos. Número de socios que concurrieron a su constitución: 80 socios. Capital suscrito y pagado: El capital inicial social inicial, totalmente suscrito, será de setenta escudos dividido en acciones de un escudo cada una, las que fueron pagadas en la forma señalada en los estatutos.- Demás estipulaciones en la escritura pública extractada de fecha catorce de noviembre de mil novecientos sesenta, otorgada en la Notaría de Puerto Montt de don René Ramírez Molina.