Instrumento
- Fecha
- 30 de octubre de 2024
- Notario
- JUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA
- Oficio
- Cuadragésima Tercera Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Duración
- La duración de la sociedad será de 5 años contados desde la fecha de constitución de la misma, plazo que se renovará sucesiva y tácitamente por períodos de 5 años cada uno
Objeto social
La sociedad tendrá por
Administración
La administración de la sociedad y el uso de su razón social corresponderá a doña MARÍA PAZ VELOSO FERREIRA y doña GIOVANNA ANDREA DELPIANO BUSTAMANTE, para que cualquiera de ellas, indistintamente, representen a la sociedad, con las facultades indicadas en la escritura
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA, Abogado, Notario Público, Titular de la Cuadragésima Tercera Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos Número ochocientos treinta y cinco, piso dieciocho, comuna de Santiago, certifico: Por escritura pública de fecha 24 de otubre del año 2024, repertorio número 32.175-2024, ante mí, doña MARIA PAZ VELOSO FERREIRA, con domiciliada en Benito Opazo sin número, Lagunillas, comuna de Navidad, Región del Libertador General Bernardo O´higgins, y doña GIOVANNA ANDREA DELPIANO BUSTAMANTE, domiciliada en Camino Culenar sin número, La Vega de La Boca, comuna de Navidad, Región del Libertador General Bernardo O´higgins, constituyeron una sociedad de responsabilidad limitada cuyos estatutos se extractan a continuación: Nombre: VDP ARQUITECTAS LIMITADA. Objeto. La sociedad tendrá por objeto: a) la prestación de servicios profesionales en asuntos de arquitectura, diseño y gráfica profesional, incluyéndose expresamente la elaboración de diseño de proyectos de Arquitectura y Cálculo Estructural, Diseño Gráfico e Industrial, Planificación Urbana y Diseño Urbano; b) Estudios y asesorías ambientales; c) Estudios y asesorías viales; d) Asesorías de Imagen Corporativa; e) Presentarse a licitaciones y propuestas en el rubro de la arquitectura, planificación, diseño, ingeniería y construcción, con el fin de realizar asesorías, elaborar informes o planos, relacionadas con su giro, u otras asesorías que sean de interés para la sociedad; f) La construcción, demolición, ampliación, modificación, montaje industrial, remodelación, por cuenta propia o ajena, de todo tipo de edificaciones, industriales, bodegas, obras de ingeniería, casas o construcciones destinadas a la vivienda, movimiento de tierra, pavimentación, arriendo y compraventa de maquinaria para la construcción; g) La inversión en toda clase de bienes inmuebles o muebles, corporales o incorporales, en especial acciones y derechos de cualquier especie de sociedades; h) La participación en toda clase de sociedades, chilenas o extranjeras, civiles o comerciales, ya sean colectivas, en comandita, anónimas o de responsabilidad limitada y cualquiera sea su objeto; i) La adquisición y explotación comercial de inmuebles de cualquier naturaleza, ya sea, directamente a través de esta sociedad, o indirectamente a través de otras sociedades; y j) La asesoría técnica, comercial, económica, administrativa y financiera en actividades que guarden relación directa o indirecta con el objeto de la sociedad, y en general, cualquier otra actividad o negocio relacionado o no con las anteriores que los socios acuerden; Duración: La duración de la sociedad será de 5 años contados desde la fecha de constitución de la misma, plazo que se renovará sucesiva y tácitamente por períodos de 5 años cada uno. Capital: El capital social es la suma de un millón de pesos, que los socios aportan, y enteran de la siguiente forma: a) doña MARÍA PAZ VELOSO FERREIRA, aporta la cantidad de quinientos mil pesos, al contado y en dinero efectivo, en el plazo de un año contado desde esta fecha; y b) doña GIOVANNA ANDREA DELPIANO BUSTAMANTE aporta la cantidad de quinientos mil pesos, al contado y en dinero efectivo, íntegramente pagados y enterados en este acto; Administración: La administración de la sociedad y el uso de su razón social corresponderá a doña MARÍA PAZ VELOSO FERREIRA y doña GIOVANNA ANDREA DELPIANO BUSTAMANTE, para que cualquiera de ellas, indistintamente, representen a la sociedad, con las facultades indicadas en la escritura. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 30 de octubre del año 2024.