GOODPANDA FRUIT SpA
Instrumento
- Fecha
- 25 de agosto de 2023
- Notario
- EDUARDO DIEZ MORELLO
- Oficio
- Trigésima Cuarta Notaria de Santiago
- Comuna
- Santiago
Administración
ARTÍCULO NOVENO Cambio en el periodo de administración de los administradores, ya que en la cláusula novena de los estatutos se estable el plazo de un año de los administradores y que deben ser renovados mediante junta de accionistas, modificando el plazo a período de 3 años, el cual se renovará automáticamente por períodos sucesivos de igual duración, salvo que él o los accionistas manifiesten lo contrario con al menos 60 días de antelación al vencimiento del período en curso. En razón de lo anterior, se modifican en lo extractable, el TÍTULO TERCERO. DE LA
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalEDUARDO DIEZ MORELLO, Abogado, Notario Público, Titular de la Trigésima Cuarta Notaria de Santiago, con oficio en Avenida Luis Thayer Ojeda número 359, Providencia, Santiago, certifica que, con fecha 4 de Noviembre de 2024, Rep. N° 18.872, ante mí, se redujo a escritura pública el acta de la segunda junta extraordinaria de accionistas de la sociedad GOODPANDA FRUIT SPA, donde DIEGO JOSÉ OLEA GOMEZ, cédula nacional de identidad número 15.642.264-9, presidente y titular de la totalidad y únicas acciones de la sociedad GOODPANDA FRUIT SPA realizó la primera junta extraordinaria de accionistas de GOODPANDA FRUIT SPA, sociedad constituida por escritura pública de fecha 25 de agosto de 2023, otorgada en la notaria de Santiago de don EDUARDO DIEZ MORELLO, cuyo extracto se encuentra inscrito a fojas 75715 número 32714 del Registro de Comercio de Santiago del Conservador de Bienes Raíces del año 2023 y publicada en el diario oficial el sábado 2 de septiembre de 2023, modificando los estatutos y acordando lo siguiente: modificación de los estatutos de la sociedad GOODPANDA FRUIT SPA. en su TÍTULO TERCERO. DE LA ADMINISTRACIÓN. ARTÍCULO NOVENO Cambio en el periodo de administración de los administradores, ya que en la cláusula novena de los estatutos se estable el plazo de un año de los administradores y que deben ser renovados mediante junta de accionistas, modificando el plazo a período de 3 años, el cual se renovará automáticamente por períodos sucesivos de igual duración, salvo que él o los accionistas manifiesten lo contrario con al menos 60 días de antelación al vencimiento del período en curso. En razón de lo anterior, se modifican en lo extractable, el TÍTULO TERCERO. DE LA ADMINISTRACIÓN. ARTICULO NOVENO: La administración de la Sociedad, el uso de su razón social y su representación judicial y extrajudicial corresponderán, indistintamente, a don DIEGO JOSÉ OLEA GÓMEZ, cédula de identidad N° 15.642.264-9, y a don MARIO RAFAEL OLEA DE LA CERDA, cédula de identidad N° 6.995.109-0. Los administradores ejercerán sus funciones por un período de 3 años, el cual se renovará automáticamente por períodos sucesivos de igual duración, salvo que él o los accionistas manifiesten lo contrario con al menos 60 días de antelación al vencimiento del período en curso. Demás estipulaciones constan en escritura pública extractada. Santiago 04 de Noviembre 2024.-