CONSTRUCTORA ANTARO LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 29 de octubre de 2024
- Repertorio
- 4210-2024
- Notario
- ÁLVARO VALDEBENITO SALGADO
- Domicilio
- Temuco
Sociedad
- Capital
- $21.000.000 CLP
- Ley aplicable
- Ley 19.857
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalÁLVARO VALDEBENITO SALGADO, Abogado, Notario Público de Temuco, Hochstetter 560, Certifica: Por escritura pública de 29.10.2024 otorgada ante mí, bajo el repertorio Nº 4210-2024, compareció Doña CARLA GLORIA ILLESCA FLORES, chilena, soltera, abogada, cédula nacional de identidad N° 17.650.319-K, domiciliada en calle Juanita Otiñano número 01850 de la ciudad de Temuco; don EDGARDO ARTURO CHAPARRO URREA, y doña ELDA VICTORIA KLOCK DEVAUD, son los únicos socios, con participación en igual proporción, en la sociedad CONSTRUCTORA ANTARO LIMITADA, constituida por escritura pública otorgada con fecha 16.04.2007, ante el Notario Público de Temuco don Jorge Elías Tadres Hales, bajo el repertorio 2605, cuyo extracto se inscribió a fojas 371 vuelta N° 334 del Registro de Comercio del año 2007 del Conservador de Bienes Raíces de Temuco y publicada en el Diario Oficial N° 38.747 del 25.04.2007, MODIFICADA por escritura pública de fecha 24.01.2023, otorgada ante la Notario Público doña ELIANA ANDREA MARTINEZ CARDENAS, Suplente de la Titular doña ESMIRNA VIDAL MORAGA, bajo el repertorio N° 937-2023, en virtud de la cual comparecieron don EDGARDO ARTURO CHAPARRO URREA, y doña ELDA VICTORIA KLOCK DEVAUD, ya individualizados, como únicos socios, con participación en igual proporción en la sociedad CONSTRUCTORA ANTARO LIMITADA, y MODIFICARON LA REFERIDA SOCIEDAD, acordando aumentar el capital social para llegar a un nuevo capital total de $21.000.000. El correspondiente extracto se archivó en Notaría referida bajo el N° 93, el cual fue publicado en el Diario Oficial en su edición N° 43.476 de fecha 13.02.2023 e inscrito a fojas 185 N° 98 del Registro de comercio del Conservador de Bienes Raíces de Temuco del año 2023.- Que, mediante escritura pública de fecha 22.08.2024, suscrita ante el Notario Público ALVARO JAVIER VALDEBENITO SALGADO, Repertorio N°3021-2024, se modifica la sociedad CONSTRUCTORA ANTARO LIMITADA, en el sentido que allí se indica, cuyo extracto en el Diario Oficial fue publicado con fecha 24.08.2024 con la Edición N° 43.933. Que, por un error involuntario, en la escritura de fecha 22.08.2024, suscrita ante el Notario Público ALVARO JAVIER VALDEBENITO SALGADO, Repertorio N°3021-2024, se modifica la sociedad CONSTRUCTORA ANTARO LIMITADA, en el sentido que allí se indica, cuyo extracto en el Diario Oficial fue publicado con fecha 24.08.2024 con la Edición N°43.933, se omitió exhibición e inserción de documento consistente en SENTENCIA DE DIVORCIO de los socios y su respectiva certificación de ejecutoria, la que se acompaña en este acto. Que, por este acto, declara la compareciente que la inscripción marginal a que alude el artículo 10 de la Ley 19.857 referente a la modificación de la sociedad de responsabilidad limitada “CONSTRUCTORA ANTARO LIMITADA”, no se practicó dentro del plazo legal de 60 días, por lo que en virtud de lo dispuesto en la ley 19.499 de fecha 11.04.1997, los comparecientes vienen en manifestar en forma expresa su voluntad de sanear el vicio señalado, ratificando en todas sus partes la escritura individualizada en la cláusula segunda, manifestando a mayor abundamiento la voluntad de rectificar lo contenido en la escritura pública citada. Por lo cual se dan por reproducidas todas sus estipulaciones y ratifica en todas sus partes todo cuanto estipularon en lo citada rectificación del estatuto social, cuyo tenor los comparecientes no insertan por estimarlo innecesario y por no exigirlo el cuerpo legal citado.- En lo no modificado en el presente instrumento continuará vigente el pacto social primitivo. Demás estipulaciones, constan en escritura pública extractada.- Temuco, 29 de octubre de 2024.