CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SOCIEDAD DE INVERSIONES MJCM LIMITADA

CVE 2565540
Capital
$1.000 CLP
Fecha instrumento
15 de octubre de 2024
Notaría
Providencia
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
15 de octubre de 2024
Repertorio
7533-2024
Notario
LUIS EDUARDO RODRIGUEZ BURR
Oficio
1ª Notaría de Providencia
Comuna
Providencia

Sociedad

Capital
$1.000 CLP
Duración
Indefinida

Objeto social

La sociedad tendrá por

Administración

La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a dos cualquiera de los socios actuando conjuntamente; o a don Max Javier Harambour Hormazábal, actuando en forma individual; quienes anteponiendo a su firma la razón social de la sociedad, la representarán y obligarán con las más amplias facultades y atribuciones

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

LUIS EDUARDO RODRIGUEZ BURR, Notario Público Titular de la 1ª Notaría de Providencia, con oficio en Avenida Providencia N° 1777, de la Comuna de Providencia, Ciudad de Santiago. que por escritura pública de fecha 15 de octubre de 2024, repertorio N° 7533-2024, ante mí, MAX HARAMBOUR OLIVA , JAVIER ENRIQUE HARAMBOUR OLIVA, CATALINA CECILIA HARAMBOUR OLIVA y MATIAS ISMAEL HARAMBOUR OLIVA, todos domiciliados en Condominio Santa Luisa de Chicureo número 11500, parcela 19, comuna de Colina, Región Metropolitana, constituyeron una sociedad de responsabilidad limitada denominada “SOCIEDAD DE INVERSIONES MJCM LIMITADA”, pudiendo usar para fines de promoción publicitaria el nombre de fantasía de “MJCM LTDA.".- Objeto: La sociedad tendrá por objeto: a) Comprar, vender, permutar, arrendar, explotar, administrar e invertir en toda clase de bienes, raíces o muebles, corporales e incorporales, incluyendo valores mobiliarios; b) Constituir, formar parte o adquirir derechos o acciones en sociedades de personas o de capital; y c) Administrar por cuenta propia o ajena toda clase de negocios, agencias, representaciones, licencias, marcas comerciales, empresas o bienes de cualquier naturaleza.- Capital: La cantidad de $1.000.000 de pesos, íntegramente suscrito y pagado de la siguiente forma: a) don Max Harambour Oliva aporta en dinero efectivo la cantidad de $250.000 pesos, equivalentes al 25% de los derechos sociales; b) don Javier Enrique Harambour Oliva aporta en dinero efectivo la cantidad de $250.000 pesos, equivalentes al 25% de los derechos sociales; c) doña Catalina Cecilia Harambour Oliva aporta en dinero efectivo la cantidad de $250.000 pesos, equivalentes al 25% de los derechos sociales; y d) don Matías Ismael Harambour Oliva aporta en dinero efectivo la cantidad de $250.000 pesos, equivalentes al 25% de los derechos sociales.- Administración y uso de la razón social: La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a dos cualquiera de los socios actuando conjuntamente; o a don Max Javier Harambour Hormazábal, actuando en forma individual; quienes anteponiendo a su firma la razón social de la sociedad, la representarán y obligarán con las más amplias facultades y atribuciones.- Duración: La duración de la sociedad será indefinida. Los socios limitan su responsabilidad al monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones constan en la escritura pública extractada.- Santiago, 29 de octubre de 2024.