R Y D SOLUCIONES AGRICOLAS LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 2 de agosto de 2017
- Notario
- JORGE CARVALLO VELASCO
- Oficio
- Segunda Notaría de Santa Cruz
- Comuna
- Santa Cruz
Administración
- La administración, representación de la sociedad, el uso y ejercicio de la razón social y del nombre de fantasía, serán modificados en esta Cesión de derechos debido a la venta precedentemente ya indicada, y corresponderán exclusivamente, desde la suscripción de este instrumento solo al socio DAVID ALEJANDRO LÓPEZ VIDAL, quien estará investido de todas las facultades previstas en el artículo cuarto de los estatutos sociales.- Vigencia en lo no modificado.- En todo lo no modificado por el presente instrumento, se mantienen absolutamente vigente los estatutos sociales pactados mediante escritura pública de constitución de sociedad de fecha 02 de agosto del año 2017, repertorio número 1923-2017; otorgada ante el Notario Público de la ciudad de Santa Cruz, don Jorge Carvallo Velasco
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJORGE CARVALLO VELASCO, Notario Público Titular Segunda Notaría de Santa Cruz, con oficio en calle Claudio Cancino número 60, Pasaje Marcel, CERTIFICA: Que, con esta fecha, ante mí, don RENE EDUARDO OLGUIN CASTRO, Chileno, divorciado, vendedor, cédula nacional de identidad número 14.306.081-0, domiciliado en villa Valenzuela, casa tres, sector Quinahue, ciudad de Santa Cruz, don DAVID ALEJANDRO LÓPEZ VIDAL, chileno, soltero, comerciante, cédula nacional de identidad número 13.782.010-2, con domicilio para estos efectos en Pasaje El Sauce 145, Paniahue, Comuna de Santa Cruz, y don ARTURO IVAN LOPEZ FIGIUEROA, cédula nacional de identidad número 6.704.314-6, agricultor, casado, domiciliado en pasaje El Sauce número 145, Paniahue, comuna de Santa Cruz, modifican la sociedad “R Y D SOLUCIONES AGRICOLAS LIMITADA.” o “R Y D LTDA.”. Antecedentes de la sociedad.- ante el Notario Jorge Carvallo Velasco, los comparecientes RENE EDUARDO OLGUIN CASTRO y DAVID ALEJANDRO LÓPEZ VIDAL, constituyeron la sociedad “R Y D SOLUCIONES AGRICOLAS LIMITADA.” o “R Y D LTDA.”, RUT. 76.777.407-9, cuyo extracto fue publicado en el Diario Oficial de la República en su edición N° 41.832 de fecha 11 de Agosto del año 2017, el cual se encuentra inscrito a fojas 90, número 77, del Registro de Comercio del año 2017, del Conservador de Comercio de la ciudad de Santa Cruz.- Cesión de derechos, precio y pago.- El compareciente don RENE EDUARDO OLGUIN CASTRO ya individualizado, es dueño del 50% de la totalidad de los derechos de la sociedad “R Y D SOLUCIONES AGRICOLAS LIMITADA.” o “R Y D LTDA.”.- Por el presente acto e instrumento el compareciente don RENE EDUARDO OLGUIN CASTRO, vende, cede y transfiere a don DAVID ALEJANDRO LÓPEZ VIDAL, el 45% de los derechos de su propiedad, que compra, acepta y adquiere para sí.- El precio de la compraventa o cesión de derechos sociales, asciende a la suma única y total de $58.500.000.- pagado conforme a estipulaciones señaladas en escritura extractada.- También en este mismo acto e instrumento don RENE EDUARDO OLGUIN CASTRO, vende, cede y transfiere a don ARTURO IVAN LÓPEZ FIGUEROA el 5% de la totalidad de sus derechos sobre la sociedad “R Y D SOLUCIONES AGRICOLAS LIMITADA.” o “R Y D LTDA.”, declarando el cesionario o adquirente, que compra, acepta y adquiere para sí, el 5% de la totalidad de los derechos de la sociedad anteriormente singularizada.- El precio de la compraventa o cesión de derechos sociales, asciende a la suma única y total de $6.500.000, pagado conforme a estipulaciones señaladas en escritura extractada.- Nueva conformación de socios.- Conforme a la cesión de derechos precedentemente realizadas, la sociedad queda conformada por don DAVID ALEJANDRO LÓPEZ VIDAL, con un 95% de la totalidad de los derechos de la sociedad; y don ARTURO IVAN LÓPEZ FIGUEROA, con un 5% de la totalidad de los derechos de la sociedad.- Administración.- La administración, representación de la sociedad, el uso y ejercicio de la razón social y del nombre de fantasía, serán modificados en esta Cesión de derechos debido a la venta precedentemente ya indicada, y corresponderán exclusivamente, desde la suscripción de este instrumento solo al socio DAVID ALEJANDRO LÓPEZ VIDAL, quien estará investido de todas las facultades previstas en el artículo cuarto de los estatutos sociales.- Vigencia en lo no modificado.- En todo lo no modificado por el presente instrumento, se mantienen absolutamente vigente los estatutos sociales pactados mediante escritura pública de constitución de sociedad de fecha 02 de agosto del año 2017, repertorio número 1923-2017; otorgada ante el Notario Público de la ciudad de Santa Cruz, don Jorge Carvallo Velasco.- Demás estipulaciones constan en escritura extractada.- Santa Cruz, a 30 septiembre 2024.