Parker & Undurraga Limitada
Instrumento
- Fecha
- 25 de octubre de 2024
- Notario
- Patricio Corominas Mellado
- Oficio
- Segunda Notaría de Lo Barnechea
- Comuna
- Lo Barnechea
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalPatricio Corominas Mellado, Notario Público, Titular de la Segunda Notaría de Lo Barnechea, Avenida La Dehesa N° 1.201, local 101, Santiago, certifica: Por escritura pública de fecha 25 de octubre de 2024, ante mí: Gabriel Eduardo Parker Gumucio, Blanca Gloria Undurraga Larraín, ambos domiciliados en Santiago, en calle Las Catalpas N° 1045, departamento 121, comuna de Vitacura; Carolina Parker Undurraga, domiciliada en Santiago, en Avenida Costanera Sur N° 12.033, departamento 604, comuna de Vitacura, Alejandra Parker Undurraga, domiciliada en Santiago, en calle La Represa N° 4.832, casa H, comuna de Lo Barnechea; y Ricardo Alfonso Canales Undurraga, domiciliado en calle La Mañana N°2.198, comuna de Lo Barnechea; acordaron modificar la sociedad Parker & Undurraga Limitada, extracto inscrito a Fs.18.904 N° 15.587 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, del año 1993, en el siguiente sentido: Uno) Gabriel Eduardo Parker Gumucio, vendió, cedió y transfirió el 25% de los derechos sociales a Carolina Parker Undurraga, quien los compró, aceptó y adquirió para sí. Dos) Gabriel Eduardo Parker Gumucio, vendió, cedió y transfirió el 50% de los derechos sociales a Alejandra Parker Undurraga, quien los compró, aceptó y adquirió para sí. Tres) Gabriel Eduardo Parker Gumucio, vendió, cedió y transfirió el 22% de los derechos sociales a Ricardo Alfonso Canales Undurraga, quien los compró, aceptó y adquirió para sí. Cuatro) En mérito de las cesiones de derechos efectuadas, se retira de la sociedad don Gabriel Eduardo Parker Gumucio e ingresan a la misma, doña Carolina Parker Undurraga, doña Alejandra Parker Undurraga y don Ricardo Alfonso Canales Undurraga, quedando como socios de Parker & Undurraga Limitada, con las participaciones que se indican a continuación, las siguientes personas: a) Doña Blanca Gloria Undurraga Larraín con el 3% de los derechos sociales; b) Don Ricardo Alfonso Canales Undurraga con el 22% de los derechos sociales; c) Doña Alejandra Parker Undurraga con el 50% de los derechos sociales; y d) Doña Carolina Parker Undurraga con el 25% de los derechos sociales. En lo no modificado por el presente instrumento, se mantienen vigentes todas las estipulaciones y convenciones del pacto social. Santiago, 29 de octubre de 2024.