INMOBILIARIA E INVERSIONES SAN PEDRO LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 17 de octubre de 2024
- Notario
- JUAN ESPINOSA BANCALARI
- Domicilio
- O’Higgins 528
Sociedad
- Capital
- $1.107.330 CLP
Administración
La administración, representación y uso de la razón social corresponderá a don MIGUEL LUIS PARRA ZANETTI, quien podrá obrar individualmente, y a doña Ignacia Valentina Parra Salazar, quien deberá obrar conjuntamente con uno cualquiera de los señores Cristóbal Andrés Parra Fermandois, o Sebastián Andrés Parra Fermandois, sin restricción alguna según facultades en escritura extractada. DOS) Fallecimiento de algún
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJUAN ESPINOSA BANCALARI, Notario Público, O’Higgins 528, Concepción, certifico: Que por escritura pública otorgada con fecha 17 de octubre de 2024, ante mí, Rep. N° 3790, don MIGUEL LUIS PARRA ZANETTI, domiciliado en Ramón Carrasco 422, Lomas de San Sebastián, Concepción, y doña IGNACIA VALENTINA PARRA SALAZAR, domiciliada en Antilhue 206, departamento 214, Condominio Mirador, Concepción, modificaron los estatutos sociales de “INMOBILIARIA E INVERSIONES SAN PEDRO LIMITADA”, RUT 96.731.770-5, en el siguiente sentido: UNO) Administración, representación y uso de la razón social. La administración, representación y uso de la razón social corresponderá a don MIGUEL LUIS PARRA ZANETTI, quien podrá obrar individualmente, y a doña Ignacia Valentina Parra Salazar, quien deberá obrar conjuntamente con uno cualquiera de los señores Cristóbal Andrés Parra Fermandois, o Sebastián Andrés Parra Fermandois, sin restricción alguna según facultades en escritura extractada. DOS) Fallecimiento de algún socio. En caso de fallecimiento de algún socio la sociedad continuará con el sobreviviente y los herederos del fallecido, quienes deberán hacerse representar por un mandatario común, el que tendrá las mismas facultades de administración que tenía el socio fallecido o disuelto. TRES) Solución de conflictos. Cláusula Compromisoria. Todas las dificultades que se produzcan entre los socios se resolverán por un árbitro arbitrador quien actuará conforme al Reglamento del Centro de Arbitraje de la Cámara de la Producción y del Comercio Bío Bío A.G. Demás estipulaciones en escritura extractada. Capital Estatutario: $1.107.330. Extracto escritura de constitución social inscrito a fojas 607, N°393 del Registro de Comercio de Concepción del año 1995. Concepción, 29 de octubre de 2024.