Agrícola Fundo Milahue Limitada
Instrumento
- Fecha
- 23 de octubre de 2024
- Repertorio
- 3765
- Notario
- Luis Ignacio Manquehual Mery
- Oficio
- Octava Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Ley aplicable
- Ley N° 19.499
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalLuis Ignacio Manquehual Mery, Abogado, Notario Público, Titular de la Octava Notaría de Santiago, con oficio en Huérfanos 941, local 302, Santiago, certifico que por escritura pública de fecha 23 de octubre del año 2024, REPERTORIO N° 16.382/2024, ante mí, don FELIPE VALDÉS GABRIELLI, en representación de don PEDRO GUSTAVO IGNACIO URRUTIA BUNSTER; doña MARÍA TERESA PATRICIA URRUTIA BUNSTER; doña MILA DEL CARMEN URRUTIA BUNSTER; doña GABRIELA PÍA URRUTIA BUNSTER; doña ANA MARÍA VICTORIA URRUTIA BUNSTER, de la sociedad INVERSIONES BUELI SpA; de la sociedad INVERSIONES URRURIA PIEPER SpA; de la sociedad INVERSIONES TRES HERMANAS SpA; y, de la sociedad INVERSIONES EL GNOMO SpA; todos domiciliados para estos efectos en Avenida Vitacura 3565, piso 7, oficina 701, Vitacura, Región Metropolitana, facultado y de conformidad a lo dispuesto en la Ley N° 19.499, rectifica escritura pública de modificación de la sociedad AGRICOLA FUNDO MILAHUE LIMITADA otorgada con fecha 14 de marzo de 2024, en la Notaría de Santiago de doña María Pilar Gutiérrez Rivera, repertorio 3.765. Un extracto de la escritura de modificación se inscribió a fojas 17 N° 12 del Registro de Comercio del año 2024, y la constitución de la sociedad Agrícola Fundo Milahue Limitada, se practicó a fojas 90 número 43 del Registro de Comercio del año 2000, ambas en el Conservador de Bienes Raíces de Bulnes. Por un error involuntario, en la cláusula segunda del citado instrumento se indicó que por escrituras públicas otorgadas con esta misma fecha se celebraron las cesiones de derechos individualizadas, en circunstancias que las referidas cesiones de derechos se celebraron por escritura pública de fecha 29 de diciembre de 2023, otorgadas en la misma Notaria de Santiago de doña María Pilar Gutiérrez Rivera. Adicionalmente, en la cláusula cuarta del citado instrumento se nombró como apoderada de la sociedad Agrícola Fundo Milahue Limitada a doña Ana María del Pilar Victoria Bunster Murillo, en circunstancias que el nombre correcto de la apoderada es doña Ana María del Pilar Victoria Murillo Urrutia.- Santiago, 23 de octubre de 2024.- Luis Ignacio Manquehual Mery.