MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

AGRÍCOLA E INVERSIONES URVI LIMITADA

RUT 76396870-7 CVE 2565610
Capital
$701.000 CLP
Fecha instrumento
6 de septiembre de 2024
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
6 de septiembre de 2024
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$701.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

HUMBERTO QUEZADA MORENO, Titular Vigésimo Sexta Notaría Santiago, Avenida Apoquindo Nº 3196, comuna Las Condes, certifica: por escritura pública de fecha 6 de Septiembre de 2024, ante mí, Carmen Bernardita Ureta Vial; Alfredo Ureta Vial; Bernardita Matilde Vial Donoso; y Manuel José Ureta Vial, todos calle La Bolsa N° 64, oficina 220, comuna y ciudad de Santiago, dejan constancia y declaran: 1) Que los actuales socios de la sociedad “AGRICOLA E INVERSIONES URVI LIMITADA”, inscrita a fs. 40.844 N° 29.070 Registro Comercio Santiago, año 2005, son: Bernardita Matilde Vial Donoso, con un 50%; Manuel José Ureta Mackenna, con un 47%; y, Alfredo, Manuel José y Carmen Bernardita, todos Ureta Vial, con un 1%, cada uno de ellos; 2) Que con fecha 14 de Agosto de 2023, falleció socio Manuel José Ureta Mackenna; 3) Que sociedad no ha sido disuelta, no se ha realizado su término de giro ni tampoco su liquidación, encontrándose su capital y patrimonio inalterado a esta fecha; 4) Que su intención es continuar el giro de la sociedad e incorporar en sus estatutos que en caso de fallecimiento de algún socio no pondrá término sociedad, la que continuará con herederos del fallecido, quienes deberán designar un mandatario común, forma establecida en escritura que extracto; y, 5) Que por escritura pública de partición de la sucesión de don Manuel José Ureta Mackenna de fecha 2 de Septiembre de 2024, otorgada en esta misma notaría, se adjudicaron el 47% de los derechos de Agrícola e Inversiones Urvi Limitada, por iguales partes, Manuel José Ureta Vial y Carmen Bernardita Ureta Vial. Por otra parte, se retira de sociedad, Alfredo Ureta Vial, quien vende, cede y transfiere totalidad de sus derechos, que representan el 1% de los derechos sociales a Manuel José Ureta Vial y a Carmen Bernardita Ureta Vial, quienes los compran y adquieren para sí, por iguales partes. Como consecuencia de lo anterior, socios acuerdan: 1) Sustituir cláusula sexta, relativa al capital, por siguiente extractada: “Sexto: Capital: $701.000.000 totalmente enterado y pagado por socios, con anterioridad a esta fecha, distribuido siguiente manera: a) Bernardita Matilde Vial Donoso $350.500.000, equivalente a un 50% de los derechos sociales; b) Manuel José Ureta Vial $175.250.000, equivalente a un 25% de los derechos sociales; y, c) Carmen Bernardita Ureta Vial $175.250.000, equivalente a un 25% de los derechos sociales; 2) Se establece que en lo sucesivo administración y representación sociedad y uso razón social corresponderá individualmente a socios Manuel José y Carmen Bernardita, ambos Ureta Vial, con limitaciones que se señalan en escritura, para las cuales deberán actuar cualquiera de los señores Manuel José Ureta Vial o Manuel José Ureta Bazán conjuntamente con Carmen Bernardita Ureta Vial o Jerónimo Valdés Ureta; y, 3) Se establece que en caso de fallecimiento de algún socio no pondrá término sociedad, la que continuará con sus herederos, quienes deberán designar un mandatario común, forma establecida en escritura extractada. En todo lo no modificado se mantiene vigente pacto social. Santiago, 25 de Octubre de 2024. Humberto Quezada Moreno. Notario Público.