MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

Agrolácteos Codigua SpA

RUT 76252780-4 CVE 2565093
Fecha instrumento
11 de octubre de 2024
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
11 de octubre de 2024
Notario
MAGDALENA SOFÍA LATORRE LARRAÍN
Oficio
Quinta Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

MAGDALENA SOFÍA LATORRE LARRAÍN, Abogado, Notario Público Interino de la Quinta Notaría de Santiago, con domicilio en calle Gertrudis Echenique número treinta, oficina treinta y dos, Las Condes, certifica: por escritura pública ante mí, de fecha 11 de octubre de 2024, don Rodrigo Antonio Tobar González, Rut 13.037.961-3, domiciliado en San Alfonso 923 de la comuna de Santiago, en su calidad de único accionista de Agrolácteos Codigua SpA modificó el objeto social y acordó reemplazar el artículo segundo de los estatutos sociales, por el siguiente: “Artículo Segundo. La sociedad tiene por objeto el estudio, promoción, desarrollo y/o ejecución de todo tipo de planes, programas y proyectos de inversión, cualquiera sea su naturaleza; efectuar inversiones en bienes muebles e inmuebles, corporales o incorporales, tales como acciones, promesas de acciones, bonos, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios, pudiendo comprar, vender, aportar en dominio o conservar tales inversiones, tomar interés o participar como socio o accionista en empresas o sociedades de cualquier naturaleza, crear, financiar, prometer y administrar, por cuenta propia o de terceros, cualquier clase de negocios, empresas o sociedades; percibir e invertir los frutos de las inversiones; la explotación agrícola, frutícola, ganadera y forestal de bienes raíces propios o ajenos; y en general la celebración de todos los demás contratos y actos útiles y necesarios al objeto indicado. Con este fin, la sociedad podrá ser agente o representante de sociedades de cualquier clase, o tomar parte como socio o accionista en las ya existentes, sean éstas civiles, comerciales y/o industriales sociedades anónimas, de responsabilidad limitada, colectivas encomandita por acciones, pudiendo concurrir como socia gestora o comanditaria en éstas últimas y realizar todas las operaciones y negocios que los socios acuerden y que se relacionen directa o indirectamente con lo anterior”. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 22 de octubre de 2024. Notario Público Interino.