MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Agencia Proonta Limitada

RUT 77699159-7 CVE 2564953
Fecha instrumento
14 de octubre de 2024
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
14 de octubre de 2024
Notario
Maria Patricia Donoso Gomien
Oficio
Vigésimo Séptima Notaria de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Ley aplicable
Ley N° 20.659.

Objeto social

La sociedad tendrá por objeto desarrollar las siguientes actividades: Asesorías profesionales de diseño y marketing, servicios de marketing digital, diseño gráfico, diseño web, y cualquier servicio de diseño que se relacione directa o indirectamente con los servicios anteriores. En lo no modificado rige íntegramente el texto de los estatutos sociales individualizados en la cláusula primera de la escritura extractada

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Maria Patricia Donoso Gomien, Abogado, Notario Público, Titular de la Vigésimo Séptima Notaria de Santiago, con oficio en ésta ciudad, en calle Orrego Luco número 0153, certifico que por escritura pública de hoy 14 de octubre de 2024 , ante mí, doña ANGELA PAOLA TOBAR CATALAN , diseñadora , cédula nacional de identidad Nº 16.624.243-6, domiciliada en Jorge Washington N°509 departamento 604 , Ñuñoa, Santiago; doña DANIELA ALEJANDRA AGUAYO HOLZMANN , diseñadora , cédula nacional de identidad N° 16.605.802-3 , domiciliada en Los olmos 3033 departamento 1601, Macul, Santiago , y doña GLORIA DANIELA ALIAGA CISTERNAS , diseñadora, cédula nacional de identidad número 16.141.431-K, domiciliada en La Piedad N° 120, Comuna de Las Condes, Santiago , modificaron sociedad “AGENCIA PROONTA Y TINTE LIMITADA”, Rol Único Tributario N° 77.699.159-7, constituida con fecha 17 de enero del año 2023, registrada en el Registro de Empresas y Sociedades del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, conforme a Certificado de Estatuto Actualizado, y todo ello conforme a lo dispuesto en la Ley N° 20.659. Asimismo, con fecha 04 de octubre de 2024 las partes formalizaron la migración de esta sociedad al sistema o régimen General, según se acredita con el Certificado de Migración otorgado por el Registro de Empresas y Sociedades del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, cuyo extracto fue inscrito a fojas 86199 número 34461 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del presente año, y publicado en el Diario Oficial con fecha 11 de octubre de 2024. Modificaciones son las siguientes:PRIMERO: UNO) Doña Gloria Daniela Aliaga Cisternas vende, cede y transfiere a doña Angela Paola Tobar Catalán, quién los acepta para sí, el cuarenta y nueve por ciento del total de los derechos de la sociedad. El precio de la cesión es la suma de novecientos cincuenta mil pesos, cantidad que la compradora o cesionaria paga en este acto a la cedente al contado y en dinero efectivo a entera y total satisfacción de la vendedora o cedente. DOS) Doña Gloria Daniela Aliaga Cisternas vende, cede y transfiere a doña Daniela Alejandra Aguayo Holzmann, quién los acepta para sí, el uno por ciento del total de los derechos de la sociedad. El precio de la cesión es la suma de cincuenta mil pesos, cantidad que la compradora o cesionaria paga en este acto al contado y en dinero efectivo a entera y total satisfacción de la vendedora o cedente. Como consecuencia de las cesiones de derechos precedentes se produce el retiro de la socia doña Gloria Daniela Aliaga Cisternas, y quedan como únicas socias de "Agencia Proonta y Tinte Limitada", doña Angela Paola Tobar Catalán, con un noventa y nueve por ciento de los derechos sociales, y doña Daniela Alejandra Aguayo Holzmann, con un uno por ciento de los derechos sociales. Los socios limitan su responsabilidad al monto de sus respectivos aportes y derechos en la sociedad. SEGUNDO: Se modifica el pacto social en lo relativo a la administración y uso de la razón social en el siguiente sentido: En adelante la administración y uso de la razón social quedará radicada de manera exclusiva en la socia Angela Paola Tobar Catalán, quedando facultada para la celebración de todos los actos y contratos, que se enumeraron en la cláusula o Articulo Séptima del pacto social, sin limitación alguna , enumeración que no es taxativa sino meramente ejemplar, no siendo necesario acreditar frente a terceros si los actos o contratos, corresponden o no al giro social. TERCERO: Se modifica la cláusula o Artículo Primero del estatuto social relativo al Nombre o Razón Social de la sociedad, el cual quedara en adelante como “AGENCIA PROONTA LIMITADA”. De esta forma, el Artículo Primero del estatuto social queda como sigue: ARTICULO PRIMERO DEL NOMBRE O RAZON SOCIAL: El nombre o razón social de la sociedad es “Agencia Proonta Limitada”, pudiendo funcionar y actuar, inclusive ante bancos y Entidades Financieras con el nombre de Fantasía Proonta Ltda. CUARTO: Finalmente se modifica la cláusula o Articulo SEGUNDO del estatuto social relativo al objeto social , el cual quedará como sigue : ARTICULO SEGUNDO DEL OBJETO: La sociedad tendrá por objeto desarrollar las siguientes actividades: Asesorías profesionales de diseño y marketing, servicios de marketing digital, diseño gráfico, diseño web, y cualquier servicio de diseño que se relacione directa o indirectamente con los servicios anteriores. En lo no modificado rige íntegramente el texto de los estatutos sociales individualizados en la cláusula primera de la escritura extractada- Demás estipulaciones constan en escritura extractada. - Santiago 14 de octubre de 2024. Maria Patricia Donoso Gomien, Notario público Titular.