Instrumento
- Fecha
- 9 de octubre de 2024
- Repertorio
- 73693-2024
- Notario
- CLAUDIA MARCELA GOMEZ LUCARES
- Oficio
- Quincuagésima Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $5.000 CLP
- Domicilio
- será la ciudad de Santiago
- Duración
- Indefinida
Objeto social
será la importación y comercialización de productos de computación y electrónicos, así como todo tipo de actividades relacionadas directa o indirectamente con las señaladas y que sean necesarias para el cumplimiento del objeto principal de la sociedad. Así también la sociedad tendrá por objeto efectuar inversiones en todo sentido y la prestación de servicios generales, tanto a la empresa minera, agrícola, pesquera, industrial, y sin que la enumeración que sigue sea taxativa ni limitativa de manera alguna, y siendo solo ejemplar, la sociedad podrá tener como objeto la importación y exportación de productos y accesorios computacionales, electrónicos, servicios, asesorías y comunicaciones para la industria en general y especialmente computacional y electrónicos y la comercialización de los mismos; importación, exportación, comercialización y representación de todo tipo productos de computación y electrónicos para todo tipo de industria y especialmente computacional, y todo tipo de actividades relacionadas en forma directa o indirectamente con las señaladas y que sean necesarias para el fiel cumplimiento del objeto principal de la sociedad y de las obligaciones tanto contractuales como extracontractuales que contraiga la misma, pudiendo realizar todas las actividades que estén relacionadas directas o indirectamente en la actualidad o en el futuro con este giro, como también podrán prestar servicios de toda clase a la industria minera, pesquera, agrícola entre otras, sin perjuicio que la sociedad pueda realizar cualquier otra actividad relacionada o no con el giro social, que los socios acuerden. Para llevar a efecto sus operaciones la sociedad podrá efectuar y celebrar toda clase de actos y contratos sin limitación alguna. Podrán los accionistas destinar la sociedad a cualquier otro negocio o actividad directa o indirectamente relacionada o no con el objeto antes descrito, toda vez que así los acordaren la mayoría de los
Administración
será administrada por un Gerente, persona natural, y que puede ser accionista o no, al que le corresponderá el uso de la razón social y la representación judicial y extrajudicial de la sociedad. La designación del Gerente es esencialmente revocable
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalCLAUDIA MARCELA GOMEZ LUCARES, Abogado, Notario Público de la Quincuagésima Notaría de Santiago, con oficio en Teatinos N° 371, oficina 113, Santiago, certifico: Por escritura pública de fecha 09/10/2024, bajo el repertorio N° 73.693-2024, ante mí, don ALFREDO ANDRÉS VILLALOBOS PARADA, Pasaje Inés de Suarez 1377, Quilicura, constituye Sociedad por Acciones. NOMBRE: WOLF COMPUTER SpA. OBJETO: será la importación y comercialización de productos de computación y electrónicos, así como todo tipo de actividades relacionadas directa o indirectamente con las señaladas y que sean necesarias para el cumplimiento del objeto principal de la sociedad. Así también la sociedad tendrá por objeto efectuar inversiones en todo sentido y la prestación de servicios generales, tanto a la empresa minera, agrícola, pesquera, industrial, y sin que la enumeración que sigue sea taxativa ni limitativa de manera alguna, y siendo solo ejemplar, la sociedad podrá tener como objeto la importación y exportación de productos y accesorios computacionales, electrónicos, servicios, asesorías y comunicaciones para la industria en general y especialmente computacional y electrónicos y la comercialización de los mismos; importación, exportación, comercialización y representación de todo tipo productos de computación y electrónicos para todo tipo de industria y especialmente computacional, y todo tipo de actividades relacionadas en forma directa o indirectamente con las señaladas y que sean necesarias para el fiel cumplimiento del objeto principal de la sociedad y de las obligaciones tanto contractuales como extracontractuales que contraiga la misma, pudiendo realizar todas las actividades que estén relacionadas directas o indirectamente en la actualidad o en el futuro con este giro, como también podrán prestar servicios de toda clase a la industria minera, pesquera, agrícola entre otras, sin perjuicio que la sociedad pueda realizar cualquier otra actividad relacionada o no con el giro social, que los socios acuerden. Para llevar a efecto sus operaciones la sociedad podrá efectuar y celebrar toda clase de actos y contratos sin limitación alguna. Podrán los accionistas destinar la sociedad a cualquier otro negocio o actividad directa o indirectamente relacionada o no con el objeto antes descrito, toda vez que así los acordaren la mayoría de los accionistas. ADMINISTRACIÓN: será administrada por un Gerente, persona natural, y que puede ser accionista o no, al que le corresponderá el uso de la razón social y la representación judicial y extrajudicial de la sociedad. La designación del Gerente es esencialmente revocable. CAPITAL SOCIAL: El capital de la sociedad será la suma de $5.000.000 de pesos, dividido en una acción nominativa, de una misma serie, de igual valor y sin valor nominal, que se enteran y pagan de la manera expresada en las disposiciones transitorias del estatuto social. Tanto el capital inicial como los eventuales aumentos de capital podrán pagarse en dinero efectivo o con otros bienes. La valoración de éstos se acordará por los socios constituyentes y, en el caso de los aumentos de capital, de la manera en que se acuerde con ocasión de cada aumento. En silencio o a falta de acuerdo, los aportes deberán pagarse en dinero efectivo. Los aumentos de capital solamente podrán ser acordados por los accionistas y éstos tendrán derecho de opción preferente. DURACIÓN: indefinida. DOMICILIO: será la ciudad de Santiago, sin perjuicio de que pueda constituir agencias, oficinas o sucursales en otros lugares del país o del extranjero, y de los domicilios especiales que pueda fijar para actos y contratos determinados. Santiago, a 16/10/2024.