MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

ODONTORED CLÍNICAS DENTALES SpA

RUT 76373779-9 CVE 2564791
Capital
$100.000.000 CLP
Fecha instrumento
30 de septiembre de 2024
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
30 de septiembre de 2024
Notario
notario reemplazante de doña María Pilar Gutiérrez Rivera
Oficio
18° Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$100.000.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Paulina Andrea Hernandez Cabezas, abogado, notario reemplazante de doña María Pilar Gutiérrez Rivera, Abogado, Notario Público, Titular 18° Notaría de Santiago, con oficio en Avda. Apoquindo 3.039, piso 5, comuna de Las Condes, certifico: Que, con fecha 30 de septiembre de 2024, Rep. 13.536/2024, ante la titular, se redujo a escritura pública Acta de la Junta Extraordinaria de Accionistas de “ODONTORED CLÍNICAS DENTALES SpA”, sociedad inscrita a fojas 3.684, N° 1.531 del Registro de Comercio de Santiago año 2024, celebrada el 30 de septiembre de 2024, con la asistencia del 100% de las acciones emitidas con derecho a voto y en presencia de la Notario Titular, en la que se acordó aumentar capital de la Compañía en $100.000.000.-, pasando de $270.787.395.-, íntegramente suscrito y pagado, a un total de $370.787.395.-, mediante emisión de 11.905 nuevas acciones de pago, nominativas e iguales, sin valor nominal, misma y única serie existente, a un precio mínimo de $8.399,83.- cada una, que deberán colocarse, suscribirse y pagarse en la forma establecida en articulado transitorio Estatutos, dentro plazo máximo de 35 días a contar fecha Junta de Accionistas; sustituyéndose en consecuencia Artículos Quinto Permanente y Primero Transitorio de los Estatutos, quedando el primero referido como sigue: “ARTÍCULO QUINTO: El capital de la Sociedad es la cantidad de $370.787.395.-, dividido en 14.873 acciones nominativas, de una misma serie, ordinarias y sin valor nominal. El capital se suscribe y paga y/o pagará en la forma establecida en el Artículo Transitorio de los Estatutos. Las acciones podrán ser emitidas sin la necesidad de imprimir láminas físicas de dichos títulos. A requerimiento escrito de un accionista, se entregará un certificado que acredite la cantidad de acciones inscritas a nombre de dicho accionista en el Registro de Accionistas de la Sociedad. En el evento que se haya dispuesto emitir títulos físicos, o bien, que un accionista solicite la confección material de los referidos títulos, la forma de los mismos, su emisión, suscripción, entrega, canje, inutilización, extravío, reemplazo, transferencia, transmisión, registro y sus demás circunstancias, se regirán en conformidad a las disposiciones aplicables a las sociedades anónimas cerradas. Las acciones cuyo valor no se encuentre totalmente pagado, no gozarán de derecho alguno”. Otras estipulaciones y acuerdos constan en escritura extractada. Santiago, 22 de octubre de 2024.