MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

Inmobiliaria La Reina SpA

RUT 96602780-0 CVE 2564484
Capital
$359.121.525 CLP
Fecha instrumento
5 de abril de 1991
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
5 de abril de 1991
Repertorio
64875-2024
Notario
FRANCISCO JAVIER LEIVA CARVAJAL
Oficio
Segunda Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$359.121.525 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

FRANCISCO JAVIER LEIVA CARVAJAL, Abogado, Notario Público Titular de la Segunda Notaría de Santiago, con oficio en Alcántara ciento siete, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, certifico: Por escritura pública, ante mí, de fecha 15 de octubre del 2024, Repertorio N°64.875-2024, se redujo el acta de la Junta Extraordinaria de Accionistas de INMOBILIARIA LA REINA SpA, celebrada ante mí con fecha 15 de octubre del 2024. Los accionistas MARIA SOLEDAD NORAMBUENA RECART, MARITZA GUERRERO URRUTIA, MARÍA SOLEDAD GUERRERO URRUTIA, ALBERTO GUERRERO URRUTIA, MATÍAS GUERRERO DÍAZ, CRISTIÁN GUERRERO NORAMBUENA; en sus calidades de actuales y únicos accionistas, acordaron modificar sociedad “INMOBILIARIA LA REINA SpA”, constituida 05 abril 1991, e inscrita Registro Comercio Stgo. Fojas 11286 número 5610, año 1991. MODIFICACIONES SON: Los socios de Inmobiliaria La Reina SpA, modifican lo estipulado en el TÍTULO TERCERO: DE LA ADMINISTRACIÓN, en el tenor y el sentido que a continuación se indica: se reemplaza lo estipulado en el artículo Décimo, quedando del siguiente tenor: ARTICULO DECIMO: El uso de la razón social y la administración de la sociedad corresponderá a doña MARITZA GUERRERO URRUTIA, doña MARÍA SOLEDAD GUERRERO URRUTIA, don MATÍAS GUERRERO DÍAZ y don CRISTIÁN GUERRERO NORAMBUENA. En el ejercicio de sus funciones, los Administradores tendrán la representación judicial y extrajudicial de la sociedad, en Chile o en el extranjero, en todos los asuntos, negocios, operaciones, gestiones, actuaciones, juicios, actos o contratos que digan relación con el objeto social o sean necesarios o conducentes a sus fines, con las facultades de los artículos Séptimo y Octavo del Código de Procedimiento Civil, los “Administradores”, quienes actuando conjuntamente a lo menos 3 de ellos y anteponiendo a su firma el nombre de la sociedad, la obligarán con las más amplias facultades.-En todo lo demás no modificado mantienen su vigencia las disposiciones del estatuto social.- Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Capital social $359.121.525.- Santiago, 21 de octubre del 2024.