IMPORTADORA Y DISTRIBUIDORA UNIVERSAL SOCIEDAD POR ACCIONES
Instrumento
- Fecha
- 27 de septiembre de 2024
- Notario
- GABRIEL OGALDE RODRIGUEZ
- Oficio
- 3º Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $25.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalGABRIEL OGALDE RODRIGUEZ, Abogado, Notario Público, titular de la 3º Notaría de Santiago, con oficio en Avenida Libertador Bernardo O’Higgins nº 2102, Santiago, Certifico; que por escritura pública de hoy, ante mí, ROSA MÓNICA JOFRE CATALÁN, chilena, soltera, empresaria, cédula nacional de identidad número 9.123.652-4, domiciliada en Los Militares nº 4.477, piso 21, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, constituye una sociedad por acciones con el nombre de “IMPORTADORA Y DISTRIBUIDORA UNIVERSAL SOCIEDAD POR ACCIONES”, utilizando como nombre de fantasía “IMPORTADORA Y DISTRIBUIDORA UNIVERSAL SpA”. Su domicilio estatutario estará en la ciudad de Santiago, Región Metropolitana, pudiendo establecer agencias y sucursales en otros puntos del país o en el extranjero y sin perjuicio de los domicilios especiales que pueda fijar para actos y contratos determinados. La duración de la sociedad será indefinida. - El objeto de la sociedad será la compra, venta, distribución y comercialización de artículos plásticos y de aseo, para el hogar, la industria y personas, de detergentes y sus materias primas para la fabricación, ya sea al por mayor o al detalle, como asimismo, la realización de cualquier otra actividad comercial relacionada o no con las mencionadas anteriormente y que los socios acuerden en el futuro. El capital de la sociedad será la suma de $25.000.000 divididos en 100 acciones todas nominativas, de igual valor cada una, de una misma y única serie, y sin valor nominal, las que se suscriben y pagan en 50 cuotas de $500.000 cada una, de forma mensual y sucesiva, a contar del primero de octubre del presente año. La administración de la sociedad y el uso del nombre o razón social corresponderá a don ROSA MÓNICA JOFRE CATALÁN, quien anteponiendo su firma a la razón social la obligará y representará en todos los actos relativos a su objeto o giro ordinario, amplias facultades. Demás estipulaciones constan escritura social extractada. Santiago, 27/09/2024.