Asesorías Prismas Limitada
Instrumento
- Fecha
- 28 de agosto de 2024
- Repertorio
- 53408-2024
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $5.000.000 CLP
Objeto social
se complementa el actual objeto social de efectuar asesorías jurídicas y actividades conexas o conducentes a los objetivos señalados que digan relación directa con el giro, en este sentido se complementa con que la asesoría jurídica se efectuará desde todo cumplimiento o compliance legal de las empresas o corporativo. Para lo cual, dentro de las asesorías, podrá capacitar a departamentos o personas en las empresas de todas las exigencias legales que se requiera, de manera que se blinde de manera preventiva con las exigencias actuales o futuras de la ley en las empresas, entidades, corporaciones o personas jurídicas o naturales en general. En todo lo no modificado se mantienen vigentes restantes cláusulas del pacto social primitivo y sus posteriores modificaciones, las que deben considerarse como un solo todo con las modificaciones introducidas en este acto
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalFRANCISCO JAVIER LEIVA CARVAJAL, Notario Titular de la Segunda Notaría de Santiago, con oficio en Alcántara N°107, comuna de Las Condes, certifico: por escritura de fecha 28 de agosto del año 2024, repertorio N°53.408-2024, ante mí, YASNA ANGELINA CELIS GONZÁLEZ, chilena, soltera, abogado, cédula nacional de identidad N°12.472.596-8; GABRIELA ALEXIS SIXTO CELIS, chilena, soltera, abogado, cédula nacional de identidad N°20.900.118-7; CONSTANZA JESÚS GONZÁLEZ GODOY, chilena, casada y separada de bienes, abogado, cédula nacional de identidad N°18.609.988-5 Y JUAN MAURICIO MATURANA PAZ, chileno, soltero, ingeniero, cédula nacional de identidad N°10.528.357-1, todos domiciliados en Avenida Manuel Montt 12, oficina 201, comuna de Providencia, Región Metropolitana; quienes exponen: Modificación sociedad: Que, se modifica empresa de responsabilidad limitada “asesorías prismas limitada” RUT°76.299.822- K, la cual consta a FS 35.010, N°1.790 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces del año 2022. Con un Capital de $5.000.000.- CESIÓN DE DERECHOS. 1) YASNA ANGELINA CELIS GONZÁLEZ vende, cede, y transfiere a don JUAN MAURICIO MATURANA PAZ el 10% de sus derechos sociales, quien los compra, acepta y adquiere para sí en la suma de $1.000.000 (un millón de pesos) que la cesionaria paga en este acto al contado y en dinero efectivo, declarando la cedente recibirlo a su entera satisfacción.-. II) Conformación societaria. Como consecuencia de la cesión de derechos sociales, la conformación societaria de SOCIEDAD DE PROFESIONALES ASESORÍAS PRISMAS LIMITADA queda de la siguiente manera: 1) Yasna Angelina Celis González, un 70% de los derechos sociales; Dos) Gabriela Alexis Sixto Celis, un 10% de los derechos sociales; Tres) Constanza Jesús González Godoy, un 10% de los derechos sociales; Cuatro) Ingresa don Juan Mauricio Maturana Paz, con el 10% de los derechos sociales. En la precitada distribución de derechos sociales, se reúne el 100% de los derechos sociales de la sociedad que por este acto se modifica. Se modifica además, el nombre o razón social de la empresa, el cual será “Asesorías CS Compliance Corporativo Laboral Limitada” o “Compliance Laboral Limitada” o simplemente “Compliance” y el objeto social: se complementa el actual objeto social de efectuar asesorías jurídicas y actividades conexas o conducentes a los objetivos señalados que digan relación directa con el giro, en este sentido se complementa con que la asesoría jurídica se efectuará desde todo cumplimiento o compliance legal de las empresas o corporativo. Para lo cual, dentro de las asesorías, podrá capacitar a departamentos o personas en las empresas de todas las exigencias legales que se requiera, de manera que se blinde de manera preventiva con las exigencias actuales o futuras de la ley en las empresas, entidades, corporaciones o personas jurídicas o naturales en general. En todo lo no modificado se mantienen vigentes restantes cláusulas del pacto social primitivo y sus posteriores modificaciones, las que deben considerarse como un solo todo con las modificaciones introducidas en este acto. Demás estipulaciones constan en la escritura extractada, Santiago, 16 de octubre de 2024.