MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

MONTT ABOGADOS LIMITADA

RUT 77290408-8 CVE 2564134
Capital
$1.000.000 CLP
Fecha instrumento
14 de octubre de 2024

Instrumento

Fecha
14 de octubre de 2024
Repertorio
57672

Sociedad

Capital
$1.000.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

PEDRO RICARDO REVECO HORMAZABAL, Notario de Santiago, Bandera 341, Of.352, certifica: Por escritura pública de fecha 14 de octubre 2024, ante mí, Repertorio 57.672, JOSÉ SANTIAGO MONTT VICUÑA, GERMÁN LUIS OVALLE MADRID y ANA CAROLINA QUINTANILLA ESPINOZA, todos Avenida Los Conquistadores 1700, piso 11, Providencia, Santiago, Región Metropolitana, modificaron la sociedad MONTT ABOGADOS LIMITADA, Rut 77.290.408-8, inscrita a fojas 910 número 393 Registro Comercio Santiago de 2021, modo siguiente: 1) José Santiago Montt Vicuña cedió a Germán Luis Ovalle Madrid y a Ana Carolina Quintanilla Espinoza, derechos equivalentes al 48,9% y al 2% respectivamente, de las participaciones sociales totales de la compañía, en precio y condiciones de pago indicados en escritura extractada. 2) Como consecuencia de cesiones anteriores, capital social se distribuye entre los socios modo siguiente: a) José Santiago Montt Vicuña 49%; b) Germán Luis Ovalle Madrid 49%; y c) Ana Carolina Quintanilla Espinoza 2% restante capital social y propiedad de la sociedad. 3) Se modifica Artículo Quinto de Estatutos Sociales relativo al capital el que asciende a $1.000.000, que los socios aportan y han pagado por sí o por sus antecesores en los derechos, del modo siguiente: a) JOSÉ SANTIAGO MONTT VICUÑA, aporta $490.000, esto es, el 49% del capital social y propiedad de la presente sociedad, pagado con anterioridad al contado y en dinero efectivo; b) GERMAN LUIS OVALLE MADRID, aporta $490.000, esto es, el 49% del capital social y propiedad de la presente sociedad, pagado con anterioridad al contado y en dinero efectivo; y c) ANA CAROLINA QUINTANILLA ESPINOZA, aporta $20.000, esto es, el 2% del capital social y propiedad de la presente sociedad, pagado con anterioridad al contado y en dinero efectivo. Demás estipulaciones constan de escritura extractada. Santiago, 22 de Octubre 2024. PEDRO RICARDO REVECO HORMAZABAL, Notario de Santiago.