INVERSIONES NAVU SpA
Instrumento
- Fecha
- 4 de octubre de 2024
- Repertorio
- 1024-2024
- Notario
- ANDRÉS VEGA ALVARADO
- Oficio
- Cuarta Notaría de esta jurisdicción
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalANDRÉS VEGA ALVARADO, Abogado, Notario Público Titular de la Cuarta Notaría de esta jurisdicción, con oficio en calle Balmaceda número trescientos setenta y uno, local ciento trece de esta ciudad, CERTIFICO: Por escritura pública suscrita con fecha de 04 de Octubre de 2024, otorgada ante mi Notario Suplente la abogado doña PAOLA JIMÉNEZ RIQUELME, se redujo a escritura pública Acta Primera Junta General Extraordinaria de Accionistas INVERSIONES NAVU SPA, rol único tributario N°77.312.461-2, celebrada con fecha 01 de Octubre de 2024, con asistencia de la totalidad de accionistas: Gabriel Alberto Valencia Castro, venezolano, soltero, administrador, cédula de identidad extranjero número 26.324.361-7, con domicilio en Avenida Vicuña Mackenna N°4192, Torre 2, departamento 1014, comuna de Macul, Región Metropolitana de Santiago; aprobándose por unanimidad modificar el estatuto de la sociedad, en los términos siguientes: Aumentar el capital social de $1.000.000 dividido en 1000 acciones ordinarias, de una misma serie, nominativas y sin valor nominal, a $5.000.000 dividido en las 1000 acciones misma serie sin valor nominal, mediante el aporte realizado por accionista Gabriel Alberto Valencia Castro de $4.000.000, suscrito y pagado en la forma estipulada en escritura extractada.- Modificación de estatuto social: Se modifica el artículo quinto de la constitución social, aumentando el capital social de la forma siguiente: “Artículo Quinto. Capital: El capital de la sociedad será la suma de cinco millones de pesos, suscrito y pagado, dividido en mil acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie, sin valor nominal, de tal manera que cada acción dará derecho a un voto. Las acciones podrán ser emitidas sin necesidad de imprimir láminas físicas que representen dichos títulos, a menos que se solicite expresamente por el accionista, en cuyo caso, la forma, emisión, entrega, reemplazo, canje, transferencia e inutilización de tales títulos de acciones se sujetarán a las disposiciones legales y reglamentarias que les sean aplicables. La sociedad podrá en todos los casos poseer acciones de su propia emisión. La suscripción de las acciones y pago es abordada de acuerdo con lo establecido en el Artículo Primero Transitorio”.- Se modifica el artículo transitorio primero por el texto que sigue: “ARTÍCULO PRIMERO TRANSITORIO: El capital de la sociedad ascendente a cinco millones de pesos, dividido en mil acciones nominativas, ordinarias y sin valor nominal, el cual se suscribe y paga de la siguiente manera: Uno. Con la suma de un millón de pesos.-, correspondiente al capital social inicial de la sociedad, dividido en mil acciones ordinarias, nominativas y sin valor nominal, capital íntegramente suscrito y pagado, todo ello conforme a los artículos quinto y transitorio primero de los Estatutos Sociales acordados por instrumento público de fecha veintidós de Agosto de dos mil veintitrés, otorgado ante el Notario Suplente del Titular de la Cuadragésima Tercera Notaría de Santiago, don Mauricio Humberto Reinoso Cifuentes. Dos. Con la suma de cuatro millones de pesos.-, correspondiente al aumento de capital acordado en la Primera Junta General Extraordinaria de Accionistas celebrada el día primero de Octubre del año dos mil veinticuatro, suscrito y pagado en dinero efectivo, por una sola suma”.- Demás estipulaciones en pacto social extractado.- Repertorio N°1024-2024.- En Puente Alto, a 15 de Octubre de 2024.- Doy fe.