MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Agrícola El Comino Limitada

RUT 76326831-4 CVE 2564164
Capital
$1.334.495 CLP
Fecha instrumento
30 de agosto de 2024
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
30 de agosto de 2024
Notario
PATRICIO GUILLERMO COROMINAS MELLADO
Oficio
2° Notaría de Santiago con asiento comuna de Lo Barnechea

Sociedad

Capital
$1.334.495 CLP
Domicilio
El domicilio de la sociedad es la ciudad de Santiago
Duración
1 año desde fecha escritura extractada, prorrogables en forma establecida en ella

Objeto social

La Sociedad tiene por

Administración

La administración de la sociedad y el uso de la razón social le corresponderá indistintamente a uno cualquiera de los señores separada e indistintamente a uno cualquiera de los señores José Miguel Pereira Yrarrazaval, Ismael Pereira Riesco o José Miguel Pereira Riesco, quienes actuando individualmente representarán a la sociedad con las facultades indicadas en escritura extractada

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

PATRICIO GUILLERMO COROMINAS MELLADO, abogado, Notario Público Titular de la 2° Notaría de Santiago con asiento comuna de Lo Barnechea, con Oficio en avenida La Dehesa N°1201, local 101, certifica que: Por escritura pública de fecha 30 de agosto de 2024, ante mí suplente doña Rose Marie Muñoz Álvarez, Inversiones Santa Julia Limitada, Inversiones Fátima Limitada, Inversiones Pullally Limitada, Inversiones Santa Virginia Limitada, Comino Dos S.A. y Almahue S.A., todos domiciliados para estos efectos en calle Cruz del Sur N° 133, oficina 601, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, modificaron sociedad de responsabilidad limitada “Agrícola El Comino Limitada” /en adelante, la “Sociedad”/ inscrita a fs. 32.236 N°21.528 Registro Comercio del CBR de Santiago año 2013, en lo siguiente: /1/ División: Se acordó la división de la Sociedad, entre sí y una nueva sociedad de responsabilidad limitada que se constituye al efecto denominada “Inversiones EAS Santa Virginia Limitada”. /2/ Para efectos de la división, se disminuye el capital de Agrícola El Comino Limitada de $1.334.495.530 a $1.325.035.809, y se sustituye el Artículo 5° de los estatutos sociales, por el siguiente: “QUINTO: El capital de la Sociedad asciende a $1.325.035.809 el cual se encuentra íntegramente suscrito y pagado por los socios, en dinero efectivo y otros bienes, de la siguiente forma: a) Inversiones Santa Julia Limitada aportó $94.701 equivalentes al 0,01% del capital social; b) Inversiones Fátima Limitada aportó $94.701equivalentes al 0,01% del capital social; c) Inversiones Pullally Limitada aportó $94.701equivalentes al 0,01% del capital social; d) Inversiones Santa Virginia Limitada aportó $94.701equivalentes al 0,01% del capital social; e) Comino Dos S.A. aportó $1.260.981.553 equivalentes al 95,17% del capital social; y, f) Almahue S.A. aportó $63.675.452 equivalentes al 4,79% del capital social. /3/ Se acordó modificar la administración de la Sociedad y el uso de la razón social la cual le corresponderá indistintamente a uno cualquiera de los señores separada e indistintamente a uno cualquiera de los señores José Miguel Pereira Yrarrazaval, Ismael Pereira Riesco o José Miguel Pereira Riesco, quienes actuando individualmente representarán a la sociedad con las facultades indicadas en escritura extractada. En este sentido se sustituye el Artículo 6° de los estatutos sociales. /4/ Se aprueban estatutos nueva sociedad, Inversiones EAS Santa Virginia Limitada: Razón social: “Inversiones EAS Santa Virginia Limitada”, sin perjuicio de que para fines comerciales, publicitarios, e incluso ante bancos, instituciones financieras y ante el Servicio de Impuestos Internos pueda usar el nombre “Inversiones EAS Ltda.” Domicilio: El domicilio de la sociedad es la ciudad de Santiago, sin perjuicio que los socios acuerden establecer oficinas, agencias o sucursales en otras comunas o ciudades del país o del extranjero. Objeto Social: La Sociedad tiene por objeto: a) La explotación de predios agrícolas, de los cuales sea propietaria, usufructuaria o respecto de los cuales sea titular de toda clase de derechos y de su posesión o mera tenencia, la administración de tales predios y la comercialización de su producción; b) el desarrollo de toda clase de actividades agrícolas, agroindustriales y comerciales relacionadas con los bienes, productos y servicios agrícolas, como la producción, elaboración, fabricación, explotación e industrialización de frutas, hortalizas, materias primas o productos naturales provenientes del agro; c) la forestación y reforestación de predios agrícolas, y la ejecución de toda clase de trabajos y actividades relacionadas con la mantención, cuidado y explotación forestal de predios agrícolas; d) el desarrollo de toda clase de actividades ganaderas, como la crianza, engorda, compra y venta de animales; e) la ejecución en general de cualquier otra actividad o negocio que se relacione con el ramo agrícola. La Sociedad podrá abordar estos negocios por cuenta propia o ajena, como también por intermedio de otras sociedades en las cuales participe, pudiendo tener en ellas inclusive la calidad de socia gestora. Duración: 1 año desde fecha escritura extractada, prorrogables en forma establecida en ella. Capital: El capital de la Sociedad asciende a $9.459.721, el cual se encuentra íntegramente suscrito y pagado por los socios, en dinero efectivo y otros bienes, de la siguiente forma: a) Inversiones Santa Julia Limitada aportó $676 equivalentes al 0,01% del capital social; b) Inversiones Fátima Limitada aportó $676 equivalentes al 0,01% del capital social; c) Inversiones Pullally Limitada aportó $676 equivalentes al 0,01% del capital social; d) Inversiones Santa Virginia Limitada aportó $676 equivalentes al 0,01% del capital social; e) Comino Dos S.A. aportó $9.002.424 equivalentes al 95,17% del capital social; y, f) Almahue S.A. aportó $454.593 equivalentes al 4,79% del capital social. Administración: La administración de la sociedad y el uso de la razón social le corresponderá indistintamente a uno cualquiera de los señores separada e indistintamente a uno cualquiera de los señores José Miguel Pereira Yrarrazaval, Ismael Pereira Riesco o José Miguel Pereira Riesco, quienes actuando individualmente representarán a la sociedad con las facultades indicadas en escritura extractada. Demás estipulaciones en escritura extractada. Patricio Guillermo Corominas Mellado. Lo Barnechea, 25 de octubre de 2024.