SERVICIOS MÉDICOS PROVOSTE Y COMPAÑÍA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 22 de octubre de 2024
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $400.000 CLP
Personas y entidades (1)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| Santiago. Modificaron la sociedad SERVICIOS MÉDICOS PROVOSTE Y COMPAÑÍA LIMITADA | socio | 77057264-9 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalWladimir Alejandro Schramm López, Notario, 49º Notaria Santiago, con oficio en Amunátegui 73, certifica: que por escritura pública de fecha 22 de octubre del año 2024, ante mí, compareció: Álvaro Juvenal Provoste Soto, Magdalena Sofía Provoste Montalva, Rosa De Lourdes Jerez Toro, Rodrigo Juvenal Provoste Soto, Sebastián Eduardo Provoste Montalva, Carolina De Lourdes Montalva Jérez, todos ellos domiciliados en Álvaro Casanova 752, casa I, comuna de La Reina, y Rodrigo Mario Provoste Carrasco, domiciliado en Pasaje La Herradura número 496, Villa Campos Doña Beatriz, Chillán, de paso por Santiago. Modificaron la sociedad SERVICIOS MÉDICOS PROVOSTE Y COMPAÑÍA LIMITADA, R.U.T. 77.057.264- 9, inscrita fs. 63.970, Nº 31.187 del año 2019, ante Registro Comercio de Santiago; publicada D.O. 14.08.2019. Capital social: $400.000.- Aumento de Capital: Los socios Álvaro Juvenal Provoste Soto, Magdalena Sofía Provoste Montalva, Rosa De Lourdes Jerez Toro, Rodrigo Juvenal Provoste Soto, Sebastián Eduardo Provoste Montalva, Carolina De Lourdes Montalva Jérez, y Rodrigo Mario Provoste Carrasco acuerdan aumentar el capital a la suma de $700.000.- el que será enterado con expreso conocimiento y consentimiento de los socios, así: (a) Rodrigo Mario Provoste Carrasco aportó la suma de $112.000, incorporándose a la sociedad; b) Rosa De Lourdes Jerez Toro, aportó $48.000; (c) Álvaro Juvenal Provoste Soto, aportó $19.000; (d) Rodrigo Juvenal Provoste Soto, aportó $22.000; (e) Carolina De Lourdes Montalva Jérez, aportó $49.000; (f) Magdalena Sofía Provoste Montalva, aportó $50.000; (g) Sebastián Eduardo Provoste Montalva no aportará al aumento de capital, y los socios consienten unánimemente en ello, sin ejercer el derecho de exclusión del socio renuente, asimismo, consienten en que el socio tampoco ejercerá su derecho a retiro de la sociedad, aceptando la disminución de su participación porcentual en el capital social. Resultado de la modificación del capital social, se revaloriza la participación societaria. Todos los aportes se enteraron en el acto y en dinero efectivo. En razón del aumento de capital, se modifica la cláusula quinta del estatuto por la siguiente: “El capital es la cantidad de $700.000, que los socios aportan y enteran de la siguiente forma: (a) ALVARO JUVENAL PROVOSTE SOTO, aporta y entera la suma de $119.000, equivalentes a 17% de los derechos sociales; (b) ROSA DE LOURDES JEREZ TORO, aporta y entera la suma de $98.000, equivalentes a 14% de los derechos sociales; (c) RODRIGO JUVENAL PROVOSTE SOTO, aporta y entera la suma de $84.000, equivalentes 12% de los derechos sociales; (d) CAROLINA DE LOURDES MONTALVA JÉREZ, aporta y entera la suma de $112.000, equivalentes a 16% de los derechos sociales; (e) SEBASTIAN EDUARDO PROVOSTE MONTALVA, aporta y entera la suma de $63.000, equivalentes a 9% de los derechos sociales; (f) MAGDALENA SOFÍA PROVOSTE MONTALVA, aporta y entera la suma de $112.000, equivalentes a 16% de los derechos sociales; y (g) RODRIGO MARIO PROVOSTE CARRASCO, aporta y entera la suma de $112.000, equivalentes a 16% de los derechos sociales.” Los socios acuerdan no introducir más cambios que los expresados. Santiago, 22 octubre de 2024.