MADERAS MUNILQUE LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 15 de octubre de 2024
- Repertorio
- 4909-2024
- Notario
- JUAN MAURICIO ARANEDA MEDINA
- Oficio
- Cuarta Notaria de Los Ángeles
- Comuna
- Los Ángeles
Sociedad
- Capital
- $23.173 CLP
Administración
En consecuencia, se modificó la cláusula CUARTA de los estatutos sociales. En todo lo no modificado, se mantiene expresamente vigente el pacto social, y en especial, la estipulación que establece que
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJUAN MAURICIO ARANEDA MEDINA, Abogado, Notario Público Titular de la Cuarta Notaria de Los Ángeles, Caupolicán N° 355, certifico: Que, por escritura de fecha 15 de octubre de 2024, Repertorio N° 4909-2024, ante mí, don RICARDO PATRICIO CARTES URBANO, chileno, Run: 9.340.172-7, divorciado, con domicilio en Manuel Rioseco 400, casa 2, Los Ángeles; doña NANCY CAROLINA MUÑOZ SALCEDO, chilena, Run: 10.781.477-9, casada y separada de bienes, domiciliada en Ayinrehue N° 2475, Villa El Encino, comuna de Los Ángeles, y don JUVENAL ENRIQUE FLORES PEREZ, chileno, Run: 9.551.596-7, técnico mecánico, domiciliado en sector pata de Gallina, Los Ángeles, modificaron sociedad MADERAS MUNILQUE LIMITADA, en adelante la “Sociedad”, inscrita a fs. 272 N°169 del Registro de Comercio de Los Ángeles año 2004. Modificaciones: (i) RICARDO PATRICIO CARTES URBANO, vende, cede y transfiere el 100% de sus derechos sociales equivalentes al 50% del capital social a don Juvenal Enrique Flores Pérez. El capital social, íntegramente pagado e ingresado a la caja social, queda dividido entre los socios en los siguientes porcentajes: Juvenal Enrique Flores Pérez con un 90%, que equivale a $23.173.425 y Nancy Carolina Muñoz Salcedo con 10% que equivale a $826.5750; (ii) se determina la distribución de las utilidades entre los socios y (iii) Se otorga una nueva estructura de administración, representación y uso de la razón social. En consecuencia, se modificó la cláusula CUARTA de los estatutos sociales. En todo lo no modificado, se mantiene expresamente vigente el pacto social, y en especial, la estipulación que establece que los socios limitan su responsabilidad al monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Los Ángeles 23 de octubre de 2024.