Inversiones Financieras NU SpA
Instrumento
- Fecha
- 14 de octubre de 2024
- Repertorio
- 1857-2024
- Notario
- PABLO JOSÉ HALES BESELER
- Oficio
- Décima Tercera Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalPABLO JOSÉ HALES BESELER, abogado, Notario Público Titular de la Décima Tercera Notaría de Santiago, domiciliado en Avenida Padre Hurtado Sur número ochocientos setenta y cinco, local mil cincuenta y cuatro, comuna de Las Condes, certifico que por escritura pública otorgada hoy ante mí, Repertorio N°1.857-2024, INVERSIONES NOVEL CORP LIMITADA, rol único tributario número setenta y siete millones seis mil ciento ochenta y cinco guion siete, representada por don JAIME ANDRÉS VARELA ETEROVIC, chileno, casado, empresario, cédula nacional de identidad número quince millones trescientos ochenta y un mil ciento setenta y uno guion siete, todos domiciliados para estos efectos en Avenida La Dehesa número mil quinientos, piso cuatro, comuna de Lo Barnechea, modificó la sociedad INVERSIONES FINANCIERAS NU SpA, rol único tributario número 77.298.894-K, inscrita a fojas 5.113, N°2.090 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2021, en que se procedió a modificar ciertas cláusulas de los estatutos de la sociedad, relativo al uso de la razón social y administración de la sociedad, quedando la administración de la siguiente manera: Artículo Décimo: La administración de la Sociedad, el uso de su razón social y su representación judicial y extrajudicial, corresponderá exclusivamente a don JAIME ANDRÉS VARELA ETEROVIC, chileno, casado, ingeniero, cédula de identidad número quince millones trescientos ochenta y un mil ciento setenta y uno guion siete, en adelante también el “Administrador”, con las más amplias facultades de administración y disposición de bienes, quien actuará personalmente o por intermedio de uno o más mandatarios, cuya designación y remoción será hecha por decisión unilateral y discrecional del administrador, mediante declaración la cual conste por escritura pública, de la que deberá tomarse nota al margen de la inscripción de la sociedad en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago. Demás estipulaciones y facultades constan en escritura extractada. Santiago, 14 octubre 2024.