Instrumento
- Fecha
- 1 de octubre de 2024
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
Objeto social
La sociedad tendrá por objeto desarrollar, directamente o por intermedio de terceros, individualmente o en conjunto con otros, dentro del territorio de la República de Chile o en el extranjero, las siguientes actividades: (a) Efectuar y desarrollar toda clase de inversiones o negocios por cuenta propia o de terceros, relativos a todo tipo de bienes, muebles o inmuebles, corporales o incorporales, su explotación, comercialización o administración, comprendiéndose especialmente la inversión en efectos de comercio, valores mobiliarios, acciones, derechos o acciones de sociedades de cualquier clase o naturaleza, constituidas o por constituirse, y en general, cualquier valor o instrumento de inversión del mercado de capitales; (b) Adquirir, enajenar, arrendar, administrar, comercializar y explotar toda clase de bienes inmuebles, en especial bienes raíces, rústicos o urbanos, amueblados o no, en cualquier forma, y obtener rentas; (c) concurrir a la constitución de sociedades de cualquier clase, naturaleza u objeto, anónimas, por acciones o de responsabilidad limitada, de comunidades y asociaciones en general, ingresar a las ya constituidas, chilenas o extranjeras, representar a la Sociedad, con voz y voto, en todas ellas, y concurrir a la modificación, disolución y liquidación de aquellas de que forme parte; (d) prestar toda clase de asesorías, consultorías y servicios, particularmente relacionados con, pero sin limitarlo, a actividades comerciales, industriales y de inversión; y (e) Desarrollar todas las actividades o negocios que los accionistas decidan de común acuerdo y ejecutar toda clase de actos y contratos necesarios para el cumplimiento del objeto de la sociedad o el desarrollo de su
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalEduardo Diez Morello, Titular de la Trigésimo Cuarta Notaría de Santiago, con oficio en calle Luis Thayer Ojeda N°359, Providencia, certifica: Por instrumento privado de fecha 1 de octubre del año 2024, autorizado y protocolizado por y ante mí al final de mi Registro de Escrituras Públicas, el 3 de octubre del 2024, bajo el número 16.981-2024, se constituyó una sociedad por acciones, de cuyos estatutos se extracta: Nombre: Hydro-Vita SpA. Accionistas: Diego José Errazuriz Bañados y Rigoberto del Carmen Vásquez Cortés. Objeto: La sociedad tendrá por objeto desarrollar, directamente o por intermedio de terceros, individualmente o en conjunto con otros, dentro del territorio de la República de Chile o en el extranjero, las siguientes actividades: (a) Efectuar y desarrollar toda clase de inversiones o negocios por cuenta propia o de terceros, relativos a todo tipo de bienes, muebles o inmuebles, corporales o incorporales, su explotación, comercialización o administración, comprendiéndose especialmente la inversión en efectos de comercio, valores mobiliarios, acciones, derechos o acciones de sociedades de cualquier clase o naturaleza, constituidas o por constituirse, y en general, cualquier valor o instrumento de inversión del mercado de capitales; (b) Adquirir, enajenar, arrendar, administrar, comercializar y explotar toda clase de bienes inmuebles, en especial bienes raíces, rústicos o urbanos, amueblados o no, en cualquier forma, y obtener rentas; (c) concurrir a la constitución de sociedades de cualquier clase, naturaleza u objeto, anónimas, por acciones o de responsabilidad limitada, de comunidades y asociaciones en general, ingresar a las ya constituidas, chilenas o extranjeras, representar a la Sociedad, con voz y voto, en todas ellas, y concurrir a la modificación, disolución y liquidación de aquellas de que forme parte; (d) prestar toda clase de asesorías, consultorías y servicios, particularmente relacionados con, pero sin limitarlo, a actividades comerciales, industriales y de inversión; y (e) Desarrollar todas las actividades o negocios que los accionistas decidan de común acuerdo y ejecutar toda clase de actos y contratos necesarios para el cumplimiento del objeto de la sociedad o el desarrollo de su giro. Capital: $1.000.000, dividido en 1.000.000 de acciones ordinarias, nominativas, de igual valor, sin valor nominal y de una misma serie, que se suscribe íntegramente y se pagará de la siguiente forma Diego José Errazuriz Bañados, suscribe 500.000 acciones, equivalentes al cincuenta por ciento del capital, por un monto de $500.000; y y Rigoberto del Carmen Vásquez Cortés, suscribe 500.000 acciones, equivalentes al cincuenta por ciento del capital, por un monto de $500.000. Las acciones así suscritas serán pagadas dentro del plazo de 3 años a contar de la fecha del instrumento privado protocolizado extractado. Demás estipulaciones constan en el instrumento privado protocolizado extractado. Santiago, 23 de octubre del año 2024. Eduardo Diez Morello. Notario Público.