CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

INMOBILIARIA E INVERSIONES TAPCAR LIMITADA

RUT 7042282-4 CVE 2562755
Capital
$445.000.000 CLP
Notaría
Viña del Mar
Duración
Definida

Instrumento

Notario
RODRIGO ANTONIO VILA CERVERA
Oficio
Sexta Notaría de Viña del Mar
Comuna
Viña del Mar

Sociedad

Capital
$445.000.000 CLP
Domicilio
Ciudad de Santiago
Duración
Diez años, contados esta fecha, prorrogado automáticamente períodos iguales, si ninguno de los socios manifestare su voluntad ponerle término con 60 días de anticipación al respectivo período, mediante carta certificada enviada al otro socio en el domicilio que tenga la sociedad.- Concón, 03 de Octubre de 2024. Se da copia. DOY FE

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

RODRIGO ANTONIO VILA CERVERA, Abogado, Notario Público Titular de la Sexta Notaría de Viña del Mar, con domicilio en ésta, Avenida Magallanes 1050, local 27, CERTIFICA: Por escritura hoy ante mí, MARCIA GEMITA TAPIA AZOCAR, comerciante, 7.042.282-4; RUFINA HERMINIA AZÓCAR PUEBLA, comerciante, 3.802.484-1, ambas Avenida Borgoño 21060, departamento 34 Concón; CARLOS SANTIAGO TAPIA AZOCAR, empresario, 6.711.516-3, Las Rosas 614, Las Condes, Santiago y JORGE ANTONIO TAPIA AZOCAR, comerciante, 7.047.219-8, El Vergel 2488, departamento 502, constituyeron Sociedad Comercial Responsabilidad Limitada. RAZON SOCIAL: “INMOBILIARIA E INVERSIONES TAPCAR LIMITADA” OBJETO la adquisición, enajenación, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento u otra forma de explotación, loteo, subdivisión, construcción y urbanización de bienes raíces, por cuenta propia o ajena; la adquisición y enajenación de efecto de comercio y valores mobiliarios; la formación y la participación en sociedades, comunidades y asociaciones, cualquiera que sea su naturaleza o giro, y cualquier otra actividad que los socios de común acuerdo determinen, relacionados o no con el giro descrito anteriormente CAPITAL: $445.000.000 , que se aporta por socios: RUFINA HERMINIA AZÓCAR PUEBLA, $385.000.000: con aporte en dominio siguientes bienes raíces A.- bien raíz consistente en el Departamento número 502 del quinto piso, Bodega número 17 y Estacionamiento N° 2 del Edificio Misherf, ubicado en la calle las Hortensias número 2489 comuna de Providencia, región Metropolitana, inscrito a fojas Fs.93657 N° 72442 del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, correspondiente al año 1995.; B.- 64% de las acciones y derechos, que le corresponden, en el inmueble consistente en el resto no expropiado del predio denominado Chacra el Molino de la comuna de San José de Maipo provincia de Cordillera, Santiago, a fs.1585 vta. N°2539 del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Puente Alto, correspondiente al año 2021. C.- 25% de las acciones y derechos, que le corresponden, en el inmueble consistente en el resto no expropiado del predio denominado Chacra el Molino de la comuna de San José de Maipo provincia de Cordillera, inscrito a fojas a fs. 5.297 N° 7604 del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Puente Alto, Santiago correspondiente al año 2000. 2.- Doña MARCIA GEMITA TAPIA AZOCAR la suma de $20.000.000 enterados $5.000.000, este acto, saldo de $15.000.000 se aportará en el plazo de cinco años contados desde suscripción ; CARLOS SANTIAGO TAPIA AZOCAR, la suma de $20.000.000 enterados $5.000.000, este acto, saldo de $15.000.000 se aportará en el plazo de cinco años contados desde suscripción ; JORGE ANTONIO TAPIA AZOCAR la suma de $20.000.000 enterados $5.000.000, este acto, saldo de $15.000.000 se aportará en el plazo de cinco años contados desde suscripción ADMINISTRACIÓN Y USO RAZÓN SOCIAL: CARLOS SANTIAGO TAPIA AZOCAR, MARCIA GEMITA TAPIA AZOCAR y JORGE ANTONIO TAPIA AZOCAR, amplias facultades, quienes deberán actuar dos de ellos conjuntamente por la sociedad . DOMICILIO: Ciudad de Santiago, sin perjuicio sucursales resto del país o extranjero. - DURACION: Diez años, contados esta fecha, prorrogado automáticamente períodos iguales, si ninguno de los socios manifestare su voluntad ponerle término con 60 días de anticipación al respectivo período, mediante carta certificada enviada al otro socio en el domicilio que tenga la sociedad.- Concón, 03 de Octubre de 2024. Se da copia. DOY FE.