PESQUERA DE LOS ANDES LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 1 de octubre de 2024
- Repertorio
- 14479-2024
- Notario
- IVÁN TORREALBA ACEVEDO
- Oficio
- 33º Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $250.000.000 CLP
- Domicilio
- El domicilio legal de la Sociedad es la ciudad de Lota
- Duración
- Indefinida
Objeto social
La Sociedad tendrá por
Administración
La administración de la Sociedad corresponde a la sociedad Lota Protein S.A.”
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalIVÁN TORREALBA ACEVEDO, abogado, Notario Público Titular de la 33º Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos N°979, Santiago, Región Metropolitana, certifica que: por escritura pública de fecha 1 de octubre de 2024, otorgada ante mí, repertorio N°14.479-2024, LOTA PROTEIN S.A. y LOTA VEDDE DOS S.A., ambos domiciliados en Av. Nueva Costanera N°3.300, oficina 41, comuna de Vitacura, Santiago, en su calidad de únicos socios de la sociedad PESQUERA DE LOS ANDES LIMITADA, acordaron transformar la sociedad PESQUERA DE LOS ANDES LIMITADA en una sociedad por acciones bajo el nombre de “PESQUERA DE LOS ANDES SpA”, según estatuto que se extracta a continuación: “Nombre: “Pesquera de los Andes SpA”. Objeto: La Sociedad tendrá por objeto: a) la captura, caza, cosecha, recolección, cultivo, industria, procesamiento, compra, venta, distribución, comercialización, y exportación de recursos hidrobiológicos y de productos derivados de ellos; b) promover y celebrar, por cuenta propia y ajena, cualquier acto, contrato o negociación relacionada con las actividades industriales, extractivas y comerciales de cualquier naturaleza, pudiendo al efecto producir, fabricar, elaborar, importar, exportar, y en general comercializar a cualquier título toda clase de bienes y productos industriales de cualquier naturaleza, incluyendo los productos del mar, sean estos pesqueros o de otra naturaleza y de cualquiera de sus derivados; c) la adquisición, fabricación, construcción, operación y explotación de barcos y naves de cualquier naturaleza y la instalación y operación de fábricas y plantas para el procesamiento y conservación de flora y fauna que tenga en el agua su medio normal de vida; d) la importación, fabricación, compra, venta, arrendamiento, comercialización, distribución y representación de toda clase de equipos y elementos para el uso de la industria pesquera; e) la prestación de servicios navieros y portuarios, la prestación de servicios de transportes, de distribución y de representación y de cualquier otra naturaleza, giro o denominación, sean nacional o extranjeros y participación en su administración; f) la prestación de servicios de asesorías y de administración de empresas y asistencia técnica en general; g) la inversión en todas sus formas, la administración de los bienes en que se invierta y la percepción de sus frutos y participación en sociedades de cualquier naturaleza y objeto; h) la explotación agrícola en todas sus formas; i) la realización de operaciones de leasing y arrendamiento de naves de pesca, equipos y elementos para el uso de la industria pesquera; y j) en general, ejecutar y celebrar todos los actos y contrato que se estimen necesarios o conducentes al cumplimiento de los fines sociales, a la realización de los negocios que los socios acuerden o a la inversión de los fondos disponibles, sin limitación o restricción alguna. Domicilio: El domicilio legal de la Sociedad es la ciudad de Lota, sin perjuicio de las agencias, sucursales u oficinas que la Sociedad decida establecer en otros puntos del país o en el extranjero. Duración: La duración de la Sociedad será indefinida. Capital: El capital de la Sociedad es la suma de $250.000.000, dividido en 250.000 acciones nominativas, de una misma y única serie y sin valor nominal el que se ha suscrito y pagado de la siguiente forma: Uno) Lota Protein S.A., ha suscrito y pagado un total de 237.500 acciones, y Dos) Lota Vedde Dos S.A. ha suscrito y pagado un total de 12.500 acciones. Administración: La administración de la Sociedad corresponde a la sociedad Lota Protein S.A.”. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 10 de octubre de 2024.