IPESA HYDRO CHILE SpA
Instrumento
- Fecha
- 10 de octubre de 2024
- Repertorio
- 50300-2014
Sociedad
- Capital
- $389.290.016 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalRodrigo Domínguez Jara, Notario Curicó, Estado 236, certifica: Por escritura pública ante mí de fecha 10 de octubre de 2024, compareció doña MARIA CRISTINA CABELLO SALAS, cédula nacional de identidad Nº14.527.122-3, contador auditor, domiciliada en Manso de Velasco Nº020 Sur, comuna de Curicó; y expreso que debidamente facultada para ello, viene en reducir a escritura pública el ACTA JUNTA EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS “IPESA HYDRO CHILE SpA”, realizada en Curicó a 9 de octubre de 2024, siendo las 10:00 horas, en las oficinas de la sociedad, ubicadas en Avenida Manso de Velasco N°020 de Curicó, Rut Nº76.400.547-3, Capital $389.290.016., constituida el 24 de diciembre de 2014, Repertorio N°50.300- 2014, ante el notario público de Santiago don Juan Francisco Álamos Ovejero, suplente del titular don René Benavente Cash, e inscrita a fojas 100.764 N°61.824 en el Registro de Comercio del año 2014 del Conservador de Bienes Raíces de Santiago. A la junta concurren don Giorgio Giuseppi Roberto Mosoni Morales e Ipesa Hydro S.A, únicos accionistas de Ipesa Hydro Chile SpA, ambos representados por doña María Cristina Cabello Salas, quien presidió la junta, siendo siendo su objeto la reforma de los estatutos sociales de “Ipesa Hydro Chile SpA”. Se modifica el Artículo Décimo quedando su nuevo texto como continúa. “La administración corresponderá a un(a) administrador(a) que durará indefinidamente en su cargo, mientras una Junta de Accionistas no revoque su nombramiento, lo que podrá efectuar en cualquier tiempo”. Se agrega el Artículo Décimo Bis que reza como sigue: “La Administradora de Ipesa Hydro Chile SpA es doña María Cristina Cabello Salas, cédula nacional de identidad chilena, número 14.527.122-3, chilena, soltera, contadora auditora, con domicilio en Manso de Velasco N° 020 Sur, Curicó, comuna de Curicó, República de Chile”. Se eliminan los Artículos Décimo Primero, Décimo Segundo, Décimo Tercero, Décimo Cuarto, Décimo Quinto y Décimo Pág. 2 de 2 Documento emitido con Firma Electrónica Avanzada Consulte validez en www.notariosyconservadores.cl, ingresado el código numérico que aparece sobre estas líneas. Séptimo. Se modifica el Artículo Décimo Sexto en el sentido que la referencia que se hace en el mismo al Directorio, ahora se entiende efectuada al Administrador, quedando como se expresa en la escritura. Lo no reformado permanece vigente. Otras estipulaciones, escritura extractada. Curicó 21 de octubre de 2024.