MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

FRUTÍCOLA FARFANA LIMITADA

RUT 79517640-3 CVE 2561363
Capital
$500.000 CLP
Fecha instrumento
5 de septiembre de 2024
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
5 de septiembre de 2024
Repertorio
55655-2024
Notario
FRANCISCO JAVIER LEIVA CARVAJAL
Oficio
Segunda Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$500.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

FRANCISCO JAVIER LEIVA CARVAJAL, Notario Público Titular de la Segunda Notaría de Santiago, con oficio en calle Alcántara número ciento siete, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, certifica: por escritura pública de fecha 5 de septiembre del año 2024, Repertorio N°55.655-2024, ante mí, los herederos de don José Pedro Ruiz-Tagle Decombe, señores Pedro, María Teresa, Rosa María, Luz María, Blanca María, y Carolina Ruiz-Tagle Ureta, Alejandra Verónica Salas Moraga, por sí, y en representación de Jorge, Alejandra y Javiera Ruiz-Tagle Salas; y doña María Teresa Ureta Larraín en su calidad de cónyuge sobreviviente, todos domiciliados para estos efectos en Camino Las Bandurrias sin número Lo Arcaya, Comuna de Pirque, Región Metropolitana, acordaron hacer la partición y liquidación parcial de la sociedad conyugal y herencia de don José Pedro Ruiz-Tagle Decombe, de los derechos sociales que tenía el causante en la sociedad FRUTÍCOLA FARFANA LIMITADA, sociedad inscrita a fojas 8468 número 4689 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 1984. A su vez, los socios Francisco Javier Ureta Larraín, del mismo domicilio; María Teresa, Rosa María, Blanca María y Carolina Ruiz-Tagle Ureta; Alejandra Verónica Salas Moraga, por sí, y en representación de Jorge, Alejandra y Javiera Ruiz-Tagle Salas; y doña María Teresa Ureta Larraín, cedieron sus derechos en la sociedad a Pedro Ruiz-Tagle Ureta, quedando en consecuencia como únicos socios Pedro y Luz María Ruiz-Tagle Ureta”. Se reemplaza la cláusula quinta de los estatutos sociales por la siguiente: “QUINTO: El capital de la sociedad es la suma de $500.000.-, que los socios han aportado en dinero efectivo de la siguiente forma: don Pedro Ruiz-Tagle Ureta, $498.214.-, correspondiente al 99,6428% del capital social y doña Luz María Ruiz-Tagle Ureta, $1.786.-, correspondiente al 0,3572% del capital social. Los socios limitan su responsabilidad al monto de sus respectivos aportes.”. Se reemplaza la cláusula cuarta de los estatutos sociales referida a la vigencia de la sociedad, por la siguiente: “CUARTO: La sociedad terminará el día 30 de junio de 2025.”. Se designan como administradores de la sociedad a los señores Pedro Ruiz- Tagle Ureta, María Teresa Ruiz-Tagle Ureta, y Luz María Ruiz-Tagle Ureta quienes actuando individual y separadamente representarán a la sociedad con todas las facultades señaladas en la cláusula sexta del estatuto social. En todo lo demás se mantiene el pacto social, especialmente se mantiene limitada la responsabilidad personal de los socios al monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones en escritura extractada.- Santiago, 8 de octubre de 2024.- F. LEIVA C., N.P.