Instrumento
- Fecha
- 18 de octubre de 2024
- Notario
- SERGIO ENRIQUE PERALTA MORALES
- Oficio
- Segunda Notaría de Illapel
- Comuna
- Illapel
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalSERGIO ENRIQUE PERALTA MORALES, Abogado, Notario Público Titular de la Segunda Notaría de Illapel, con asiento en la ciudad de Salamanca, y oficio ubicado en calle Manuel Bulnes número doscientos catorce, locales J-K de esta ciudad, certifica que: Por escritura Pública, de hoy, ante mí, Repertorio número 983/2024, doña EMILIA ISABEL VÁSQUEZ DABED y doña JESSICA ALEJANDRA TRIVIQUE ROJAS, acordaron la constitución de la sociedad por acciones denominada Entre Cerros SpA, cuyo objeto es la prestación de servicios de asesoría jurídica y de todo tipo de servicios profesionales relativos al ejercicio de la profesión de abogado, pudiendo realizar cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los eventuales accionistas posteriores acuerden. Además, la sociedad realizará corretaje y la intermediación de propiedades, la compra, venta y arriendo de inmuebles, estén o no edificados; la promoción de negocios; inversiones, construcciones y planes habitacionales y asesoría en los mismos; la administración y arrendamiento, por cuenta propia y ajena, de bienes raíces, y cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos. Asimismo, se comprende dentro del giro el estudio y ejecución de todo tipo de obras y de proyectos de Ingeniería y Construcción, por cuenta propia o ajena; la realización de trabajos de edificación de obras civiles, tales como casas, edificios, caminos, puentes, represas, túneles, puertos aéreos o marítimos, ferrocarriles y otros; el desarrollo de proyectos inmobiliarios; la compra, venta, enajenación y arriendo de bienes raíces o muebles; la realización de loteos y obras de urbanización; la construcción, promoción y venta de centros comerciales, locales, oficinas, estacionamientos, edificios y viviendas, acogidas o no a sistemas de franquicias tributarias especiales o de subsidios habitacionales; y la implementación y realización, en general, de todo tipo de proyectos y de obras de Ingeniería y Construcción, y cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los accionistas acuerden. Finalmente, la sociedad desarrollará toda actividad civil o comercial de rentas en inmuebles, muebles, acciones, bonos u otros valores, participar en otras sociedades o asociaciones en general, y cualquier otra actividad directa o indirectamente relacionada con ello. El capital de la sociedad es la suma de quinientos mil pesos, divido en quinientas acciones, de una misma serie y sin valor nominal, las cuales se encuentran íntegramente suscritas y pagadas, de acuerdo a lo dispuesto en la cláusula primera transitoria, como sigue: a) doña Emilia Isabel Vásquez Dabed, quien suscribe y paga la cantidad de doscientos cincuenta acciones, por la suma de doscientos cincuenta mil pesos; b) por doña Jessica Alejandra Trivique Rojas, quien suscribe y paga la cantidad de doscientos cincuenta acciones, por la suma de doscientos cincuenta mil pesos. La sociedad rige desde esta fecha y tendrá duración indefinida. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Demás estipulaciones en escritura extractada.- SALAMANCA, 18 de octubre del año 2024.- Doy Fe.