Gryphus Rinconada SpA
Instrumento
- Fecha
- 28 de agosto de 2024
- Repertorio
- 53383-2024
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $181.558.360 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalFRANCISCO JAVIER LEIVA CARVAJAL, Notario Titular de la 2° Notaría de Santiago, con oficio en calle Alcántara N°107, comuna de Las Condes, ciudad de Santiago, certifico que: Por escritura pública de fecha 28 de Agosto de 2024, Repertorio N°53.383-2024, ante mí, se redujo a escritura pública el Acta de Junta Extraordinaria de Accionistas de Gryphus Rinconada SpA (en adelante la “Sociedad”), inscrita a fojas 89949, número 41386 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2021, RUT N°77.486.581- 0, celebrada con fecha 19 de agosto de 2024, en la cual se modificaron los estatutos de la Sociedad, en el sentido de aumentar el capital de la Sociedad en la suma de $181.558.360, mediante la emisión de 181.558 nuevas acciones de pago. De esta forma, el capital social que actualmente asciende a la suma $7.952.864.082 dividido en 7.952.861 acciones, queda aumentado a la suma de $8.134.422.442 dividido en 8.134.419 acciones ordinarias, nominativas, de una única serie, de igual valor cada una y sin valor nominal, íntegramente suscritas y pagadas. Para estos efectos se modificaron los artículos quinto y primero transitorio por los siguientes: "Artículo Quinto: El capital de la Sociedad es la suma de $8.134.422.442 dividido en 8.134.419 acciones, ordinarias, nominativas, de una única serie, de igual valor cada una y sin valor nominal, sin perjuicio de las modificaciones del capital y valor de las acciones que se produzcan de pleno derecho en conformidad con la ley, las que se enteran y pagan de conformidad a lo señalado en el artículo primero transitorio de los estatutos”. “Artículo Primero Transitorio: El capital social, ascendente a la suma $8.134.422.442 dividido en 8.134.419 acciones ordinarias, nominativas, de una única serie, de igual valor cada una y sin valor nominal, las que se encuentran íntegramente suscritas y pagadas”. Demas modificaciones no son materia de extracto. En todo lo no modificado permanecen plenamente vigentes los estatutos de la Sociedad. Demás estipulaciones constan en escritura extractada.- Santiago, 03 de Septiembre de 2024.