Instrumento
- Fecha
- 4 de octubre de 2024
- Repertorio
- 45946-2024
- Notario
- ibutario número ocho millones doscientos quince mil novecientos catorce guion dos
- Oficio
- Trigésimo Octava Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000 CLP
Objeto social
La sociedad tendrá por objeto la realización de todo tipo de inversiones, tanto en el territorio nacional como en el extranjero, en toda clase de bienes, sean muebles e inmuebles, incorporales, intelectuales, valores mobiliarios, participaciones sociales, instrumentos financieros y cualquier otro activo que pueda agregar una rentabilidad económica. La sociedad podrá, para cumplir con su objeto, realizar las siguientes actividades de manera ilustrativa, pero no taxativa: (Uno) Desarrollar inversiones en efectos de comercio, valores mobiliarios, títulos de crédito, monedas o divisas extranjeras, bonos, debentures, letras hipotecarias, derechos o acciones de sociedades de cualquier clase o naturaleza, y en general, en toda clase de bienes, sean corporales o incorporales, intelectuales, muebles o inmuebles; (Dos) Podrá concurrir a la constitución de sociedades de cualquier clase o naturaleza o comunidades y asociaciones en general, ingresar a las ya constituidas y concurrir a la modificación, disolución y liquidación de aquéllas de que forme parte y, en general, podrá ejecutar toda clase de actos civiles y comerciales autorizados por las leyes, que se relacionen directa o indirectamente con su objeto social, incluyendo la realización de todas aquellas actividades comerciales o industriales que fueren complementarias o anexas al giro principal; (Tres) La representación de inversionistas nacionales o extranjeros, a través de mandatos, poderes o cualquier otra figura jurídica que permita actuar en nombre de terceros en operaciones de inversión; (Cuatro) Y en general, todas aquellas actividades comerciales, industriales, financieras de servicio y de cualquier otra índole que sean necesarias, convenientes o relacionadas directa o indirectamente con el desarrollo de su objeto principal
Administración
Demás estipulaciones constan escritura extractada. Santiago, 15.10.2024
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMARIA SOLEDAD LASCAR MERINO, chilena, casada, abogado, cédula de identidad y Rol Único Tributario número ocho millones doscientos quince mil novecientos catorce guion dos, Notario Público Titular de la Trigésimo Octava Notaría de Santiago, con oficio en calle Isidora Goyenechea número tres mil cuatrocientos setenta y siete, oficina diez, comuna de Las Condes, certifico: Por escritura pública de fecha 04.10.2024 ante mí, Repertorio N° 45.946-2024, doña BARBARA GÓMEZ, rol único tributario para para persona extranjera número 48.217.309-8, debidamente representada, constituyó sociedad por acciones, de cuyos estatutos extracto: Nombre. “DUTCHMAN CHILE SpA”. Objeto. La sociedad tendrá por objeto la realización de todo tipo de inversiones, tanto en el territorio nacional como en el extranjero, en toda clase de bienes, sean muebles e inmuebles, incorporales, intelectuales, valores mobiliarios, participaciones sociales, instrumentos financieros y cualquier otro activo que pueda agregar una rentabilidad económica. La sociedad podrá, para cumplir con su objeto, realizar las siguientes actividades de manera ilustrativa, pero no taxativa: (Uno) Desarrollar inversiones en efectos de comercio, valores mobiliarios, títulos de crédito, monedas o divisas extranjeras, bonos, debentures, letras hipotecarias, derechos o acciones de sociedades de cualquier clase o naturaleza, y en general, en toda clase de bienes, sean corporales o incorporales, intelectuales, muebles o inmuebles; (Dos) Podrá concurrir a la constitución de sociedades de cualquier clase o naturaleza o comunidades y asociaciones en general, ingresar a las ya constituidas y concurrir a la modificación, disolución y liquidación de aquéllas de que forme parte y, en general, podrá ejecutar toda clase de actos civiles y comerciales autorizados por las leyes, que se relacionen directa o indirectamente con su objeto social, incluyendo la realización de todas aquellas actividades comerciales o industriales que fueren complementarias o anexas al giro principal; (Tres) La representación de inversionistas nacionales o extranjeros, a través de mandatos, poderes o cualquier otra figura jurídica que permita actuar en nombre de terceros en operaciones de inversión; (Cuatro) Y en general, todas aquellas actividades comerciales, industriales, financieras de servicio y de cualquier otra índole que sean necesarias, convenientes o relacionadas directa o indirectamente con el desarrollo de su objeto principal. Capital. El capital de la sociedad es la suma de $1.000.000 (un millón de pesos), dividido en 100 (cien) acciones nominativas de una misma y única serie y sin valor nominal íntegramente suscritas y pagadas. Si bien no es materia de extracto, se deja constancia que la sociedad será administrada individualmente por doña Bárbara Gómez, quien anteponiendo a su firma la razón social, representará a la sociedad, con las más amplias facultades de administración. Demás estipulaciones constan escritura extractada. Santiago, 15.10.2024.