TRANSPORTES ABRIGO BOBADILLA SpA
Instrumento
- Fecha
- 15 de julio de 2010
- Repertorio
- 422
Objeto social
La sociedad tendrá por
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJORGE EDUARDO MESSEN CONCHA, Notario Curicó, con oficio en calle Carmen 489, certifica: Por escritura pública hoy ante mí, Repertorio Nº 4.22, IVÁN ALEJANDRO ABRIGO BOBADILLA, como único y exclusivo accionistas, modificó sociedad por acciones denominada “TRANSPORTES ABRIGO BOBADILLA SpA”, antes “TRANSPORTES ABRIGO BOBADILLA LIMITADA”, constituida por escritura pública 15 julio 2010, Repertorio Nº 2151-2010, ante Notario Curicó Fernando Salazar Sallorenzo, extracto inscrito fojas 748 Nº 300 Registro Comercio Arica, año 2010; transformada por escritura pública 09 junio 2018, Repertorio Nº 3.168, ante notario Curicó Marcelo Poblete Morales, suplente René León Manieu, extracto inscrito fojas 797 Nº 375 Registro Comercio Curicó, año 2018.- RUT: $15.000.000.- RUT: 76.105.856-8.- Modificación consiste en ampliar objeto social, por lo que reemplaza artículo cuarto estatutos sociales, por el siguiente: “ARTÍCULO CUARTO.- Objeto. La sociedad tendrá por objeto: a) El servicio de transporte de carga, pasajeros y encomienda por carretera, tanto dentro y fuera del territorio nacional, en vehículos propios, tomados en arrendamiento o en leasing o encomendado a terceros; todo lo relacionado, de cualquiera forma, en la actualidad o en el futuro, con el servicio de flete, encomienda, traslado y transporte de toda clase de bienes y su embalaje, incluyendo las gestiones portuarias y aduaneras, en su caso; b) la compra, venta y/o comercialización de todo tipo de repuestos o accesorios para vehículos motorizados; c) el ejercicio de la actividad comercial en sus formas más amplias, al por mayor y al detalle, por cuenta propia o ajena y la explotación de toda clase de establecimientos de comercio; d) la explotación de predios agrícolas, propios o que detente a cualquier título; e) el cultivo de frutales; f) el corretaje de frutas y productos agrícolas; g) la comercialización de frutas y verduras; h) establecer y explotar viveros, por cuenta propia o ajena; vender y comercializar semillas, plantas y árboles, frutales o no, injertos, porta-injertos y sus derivados y arbustos; i) la prestación de servicios de almacenamiento y arriendo de bodegas; j) el arriendo de bienes muebles e inmuebles; k) el desarrollo de actividades de packing, plantas y líneas procesadoras y cámaras de frío; l) la prestación de servicios de apoyo a la agricultura, ya sea en la forma de contratista o en cualquiera otra; m) el arriendo de maquinaria y equipos con o sin operadores para el desarrollo agrícola, frutícola, ganadero, forestal y/o la industria agrícola; y, n) en general, la realización de todo acto relacionado directa o indirectamente con los giros mencionados y que acuerden o determine la junta de accionistas”.- En lo no modificado sigue vigente pacto social.- Curicó, 15 octubre 2024.-